ACTA

Nº DE EXPEDIENTE: BP02-L-2010-000614
PARTE ACTORA: RAFAEL JORGE NIETO ALTAMIRANO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: LUISANYI MEJIAS
PARTE DEMANDADA: ICM PROYECTOS 2001, C. A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: CHERRY J. MAZA PERDOMO
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.


En el día hábil de hoy cuatro de febrero de dos mil once, siendo las 10:30 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, ; se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la prorroga de la Audiencia Preliminar, ni por sí, ni por medio de apoderado judicial, aún cuando el ciudadano alguacil procedió a realizar el llamado de Ley entre las partes, solo compareciendo el apoderado judicial de la demandada, abogado en ejercicio JOSE GABRIEL GALVIS BARBERI, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No.15.875.856, representación que se evidencia de instrumento Poder cursante a los autos, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESSE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE DECISION. Años 151 ° y 200 °.
La Juez

Abg. María José Carrión G.
La Secretaria,


Abg. Zaida López,

El compareciente,