REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui
Tribunal de Violencia contra la Mujer en Función de Control, Audiencia y Medidas de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui- Barcelona
Barcelona, 23 de febrero de 2011
200º y 152º
ASUNTO PRINCIPAL : BP01-S-2011-000716
ASUNTO : BP01-S-2011-000716
AUTO ACORDANDO LIBERTAD DEL IMPUTADO
Visto el escrito de Acusación presentado por el Ministerio Público, mediante el cual en su último aparte solicita se impongan Medidas Cautelares sustitutivas de la Medida Privativa Judicial Preventiva de Libertad al imputado de autos; JEAN CARLOS AZOCAR INFANTE.
Visto que el mencionado imputado se encuentra Privado de Libertad, por cuanto presuntamente existían Lesiones Gravísimas causadas a la Víctima y representando un grave peligro para con la ciudadana: Ivanny Luisana Bonilla Bernay poniendo en juego su integridad física.
Por cuanto la referida Acusación Fiscal, solo es por el Delito de Violencia Física, dejando sin efecto la imputación por el Delito de Lesiones Gravísimas, en consecuencia este Tribunal de Control Audiencia y Medidas Nº 2, ORDENA la LIBERTAD INMEDIATA del Acusado de Autos, dejando expresa constancia que le fueron impuestas las Medidas de Protección a favor de la Víctima establecidas en los numerales 5 y 6 del artículo 87 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Igualmente se le impone una Medida Cautelar de Presentación cada TREINTA (30) DIAS, por ante el Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal así como comparecer el día Lunes 28-02 2011 a las 9.30 a.m. a la Audiencia Preliminar previamente fijada. Ofíciese lo conducente. Cúmplase.
EL JUEZ DE CONTROL AUDIENCIA YMEDIDAS Nº 2
SECRETARIA
ABG. LUIS M MANEIRO
Abg. ESPERANZA TORRES