REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.
Barcelona, doce de julio de dos mil once
201º y 152º
ASUNTO: BP02-R-2010-000229
DEMANDANTE: ZORAIDA RODRIGUEZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°. 4.010.862
DEMANDADO: IRAIDE FLORES, EVANGELISTA RODRIGUEZ DE VELIZ Y FREDDY MANUEL HERNANDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N°. 3.168.429, 2.804.665 y 9.056.058, respectivamente
MOTIVO: NULIDAD DE ACTO DE DECLARACIÓN
PROCEDENCIA: JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ANZOATEGUI
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA
Visto el escrito recibido en este Tribunal en fecha 08 de junio de 2011, suscrito por el abogado YOHNNY NAVARRO, titular de la cédula de Identidad N°. 4.516.570, inscrito en el Instituto Social de Previsión del Abogado bajo el N°. 94.689, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte demandante – recurrente ciudadana ZORAIDA RODRIGUEZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°. 4.010.862, con ocasión del juicio por NULIDAD DE ACTO DE DECLARACIÓN incoado por la prenombrada ciudadana en contra de los ciudadanos IRAIDE FLORES, EVANGELISTA RODRIGUEZ DE VELIZ Y FREDDY MANUEL HERNANDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N°. 3.168.429, 2.804.665 y 9.056.058, respectivamente, mediante el desiste del recurso de apelación interpuesto por él contra decisión dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial.
Este Tribunal admite dicho desistimiento y lo HOMOLOGA, pasándolo como Sentencia con Autoridad de Cosa Juzgada; así lo decide este Tribunal Superior, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley.
En consecuencia, se acuerda la devolución del presente expediente al Juzgado A-quo, a los fines legales consiguientes.
El Juez Superior Temporal,
Rafael Simón Rincón Apalmo
La Secretaria,
Nilda Gleciano Martínez
Mediante Oficio Nº 0410-219, y constante de Dos (2) pieza distinguida de la siguiente manera: Un Cuaderno de Medidas Nº BH01-X-2009-000012 de catorce (14) y un Cuaderno de Apelación Nº BP02-R-2010-229 de cincuenta y cinco (55) folios útiles, se hace la remisión ordenada. Conste. La Secretaria,
Nilda Gleciano Martínez
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