REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Juicio Sección Adolescentes de Barcelona
Barcelona, 11 de julio de 2011
201º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL : BP01-D-2011-000525
ASUNTO : BP01-D-2011-000525


AUTO CONVOCANDO AL JUICIO ORAL Y RESERVADO

En fecha 11 de Julio de 2011, se recibió en este constante de una pieza, proveniente del Tribunal del Municipio Pedro Maria Freites de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Anzoátegui, de cuya revisión y análisis el Tribunal observa:

En fecha 21 de Julio de 2011, se llevó a cabo la celebración de la Audiencia Preliminar mediante el cual ordenó el Enjuiciamiento de los adolescentes IDENTIDAD OMITIDA, por el delito de LESIONES GRAVES EN GRADO DE COOPERADOR, en perjuicio del ciudadano JONATHAN DE JESUS LUNAR ZACARIAS; solicitando el Ministerio Publico como sanción la SERVICIOS A LA COMUNIDAD por el plazo de seis (06) meses de conformidad con lo establecido en el articulo 620 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y Adolescente, en relación con el artículo 625 ejusdem.

En ese orden de ideas cabe señalar que el artículo 584 de la Ley en comento establece que el Tribunal de Juicio se integrará por tres jueces, uno profesional y dos escabinos, cuando la sanción es privación de libertad. En los demás casos actuara el juez profesional.

Ahora bien, del contenido de la disposición señalada ut-supra y visto que la sanción solicitada por el Ministerio Publico en este caso es la SERVICIOS A LA COMUNIDAD por el plazo de seis (06) meses, el Tribunal de juicio Sección Adolescente convocara al juicio oral y reservado que deberá tener lugar no antes de diez días ni después de veinte días siguiente al auto de recepción de actuaciones , circunstancias por la cual encontrándose el presente asunto dentro del lapso legal antes referido, este Tribunal CONVOCA a la CELEBRACION DEL JUICIO ORAL para el día LUNES 25 DE JULIO DEL 2011, A LAS 10:30 AM DE LA MAÑANA. En la causa seguida en contra del adolescente IDENTIDAD OMITIDA, por el delito de LESIONES GRAVES EN GRADO DE COOPERADOR, en perjuicio del ciudadano JONATHAN DE JESUS LUNAR ZACARIAS, en consecuencia se ordena la citación a la audiencia de las partes. Todo de conformidad con lo señalado en el artículo 557 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y Adolescente. .Convóquese a las partes. Provéase lo conducente. Cúmplase
LA JUEZ DE JUICIO, SECCIÓN DE ADOLESCENTES

DRA. LIBIA ROSAS MORENO.-

LA SECRETARIA

ABOG. ADRIANA GOMEZ