REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veinticinco de julio de dos mil once
201º y 152º

ASUNTO: BP02-F-2010-000055

En el día de hoy, veinticinco (25) de julio del año dos mil once (2.011), siendo las diez y media (10:30) de la mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar el acto de contestación de la demanda en el presente juicio de Divorcio, se anunció el acto a las puertas del Tribunal previas las formalidades de Ley. Presentes en el acto la abogada Zoira Cabello Freites, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 22.041, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandante, y la Defensora Judicial de la parte demandada, abogada Leslie Enith Figuera Cumana, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 81.285. Asimismo, el Tribunal deja constancia que, no compareció ciudadano Elis Marval, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 8.278.969, domiciliado en el Municipio Turístico El Morro Lic. Diego Bautista Urbaneja del Estado Anzoátegui, parte demandante en el presente proceso, por lo que de conformidad con el artículo 758 del Código de Procedimiento Civil, el Tribunal declara EXTINGUIDO el presente procedimiento ,.- Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.-
El Juez Provisorio,


Abg. Jesús Gutiérrez Díaz.
Apoderada Judicial,

La Secretaria,
Defensora Judicial,



Abg. Mirla Mata Rojas.