REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintiuno de julio de dos mil once
201º y 152º

ASUNTO: BP02-F-2011-000065

Visto el escrito presentado por la ciudadana ELIZABETH RUT MARCHAN CASTRO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 14.102.056, debidamente asistida por el abogado en ejercicio SANDINO DUARTE, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 106.378, en fecha 20 de Julio de 2.011, y visto el contenido de la misma, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA dicho desistimiento y lo toma como Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada, y ordena la devolución de los documentos anexos a la presente demanda, previa certificación en autos y el Archivo del presente expediente.- Así se decide.
La Juez Provisorio,
La Secretaria

Abg. Helen Palacio García
Abg. Marieugelys García Capella.



HPG/lorena.-