SENTENCIA INTERLOCUTORIA
CON FUERZA DE DEFINITIVA

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo del Municipio Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, uno de julio de dos mil once
201º y 152º

ASUNTO: BP02-S-2011-001260

Vista la diligencia de fecha 28 de junio de 2011, por la abogada en ejercicio TERESA ALFONZO DE ORTIZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 83. 498, actuando con el carácter de co-apoderada judicial de la ciudadana JAIDDY DEL VALLE RENGEL GUZMAN , venezolana, mayor de edad, de estado civil casada, portadora de la cédula de identidad Nro.13.165.618, mediante la cual desiste de la solicitud de Inspección Judicial extra-litem, formulada por su representada, este Tribunal da por consumado dicho acto, lo homologa. En consecuencia, se procede como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.
Así se decide administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley.

Se da por terminado el presente Asunto y se ordena su archivo definitivo.
Publíquese, regístrese, agréguese a los autos.
A los fines establecidos en el articulo 248 del Código de Procedimiento Civil,, certifíquese por Secretaria copia de esta decisión.
La Juez Provisorio,

Abog.Marìa Eugenia Pérez
La Secretaria,


Abog. Carmen Calma