REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO SIMON RODRIGUEZ

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO DEL MUNICIPIO SIMÓN RODRÍGUEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, EXTENSIÓN EL TIGRE.

El Tigre, 01 de Julio de 2.011
201º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2011-000985
ASUNTO: BP12-S-2011-000985


PARTE SOLICITANTE: CIUDADANO VINCENZO DI SERAFINO CANZANESE, extranjero, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº E- 1.024.833, domicilio de esta ciudad de El Tigre Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui.

ABOGADO ASISTENTE
DE LA PARTE SOLICITANTE; ARIA EUGENCIA SANCHEZ, venezolana, mayor de edad, abogada en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 84.274.

MOTIVO: SOLICITUD DE TITULO SUPLETORIO



MATERIA: CIVIL-BIENES



Consta en estas actuaciones que con ocasión de la entrada en vigencia de la Resolución Nº 2009-0006, de fecha 18 de marzo de 2009, dictada por el Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.152, de fecha 02 de abril de 2009, la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial Civil- Barcelona, procedió a la distribución del presente Asunto, correspondiendo a este Tribunal el conocimiento de la presente solicitud, a fin de pronunciarse este Juzgado sobre su contenido lo hace de la manera siguiente:



I
Vista la solicitud de DECLARATORIA DE TITULO SUPLETORIO, formulado por el ciudadano VINCENZO DI SERAFINO CANZANESE, extranjero, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número E.-1.024.833, domiciliado en la ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, debidamente asistido por la abogada en ejercicio MARIA EUGENIA SANCHEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 84.274, de este domicilio de esta ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, en fecha 12 de Mayo del año 1993, adquirí una parcela de terreno propio con unas bienhechurías, que mide QUINIENTOS SETECIENTOS METROS CUADRADOS (700Mts2), ubicada en la Primera Calle Norte Cruce con Carrera 11 N° 2 de esta ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: En Veintinueve Metros (29Mts) con Carrera Once Norte; SUR: En Veintisiete Metros (27Mts) con casa que es o fue de Jesús Sifontes; ESTE: En Veinte Metros (20Mts) con Primera Calle Norte; y OESTE: En Treinta Metros (30Mts) con casa que es o fue de Luis Manuel Yori. El cual me pertenece conforme consta en Documento de Compra-Venta que le hiciere al ciudadano ENRIQUE LAMOSA FREIJEIRO, titular de la cédula de identidad número V.-2.094.988, con área de construcción tiene una superficie total de QUINIENTOS NOVENTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON TREINTA CENTIMETROS (598,30Mts2), comprendida de la siguiente manera: PLANTA BAJA: Un Cubículo de Admisión y Administración en la Entrada, con un área de Diez Metros Cuadrados (10,00Mts2), Un Sanitario Público para Damas y Caballeros, con un área de Cuatro Metros Cuadrados (4,00Mts2), Un Área de Gases, que mide Seis Metros Cuadrados (6,00Mts2), Área de Recepción y Espera, que mide Cincuenta y Siete Metros Cuadrados (57,00Mts2), Consultorios numerados desde el 1 al 4, con un área total de Cuarenta y Ocho Metros Cuadrados (48,00Mts2), Área de Observación y Emergencia, que mide Treinta y Cinco Metros Cuadrados (35,00Mts2), Área Pre Quirúrgica y Quirúrgica, que mide Treinta y Cinco Metros Cuadrados (35,00Mts2), Área de Reten Neo-Natos, que mide Diecinueve metros Cuadrados con Cincuenta Centímetros (19,50Mts2), Área de Laboratorio, Toma de Muestra y Sala de Espera de laboratorio, que mide Treinta y Tres Metros Cuadrados (33,00Mts2), Área de Baño y Deposito del Laboratorio, que mide Nueve Metros Cuadrados (9,00Mts2), Área de Recepción de Hospitalización, que mide Trece Metros Cuadrados (13,00Mts2), Área de Habitaciones numeradas desde el 1 al 3, con una superficie total de Cuarenta y Cuatro Metros Cuadrados (44,00Mts2), Área de Habitaciones numeradas desde el 4 al 7, con una superficie total de Sesenta y Dos Metros Cuadrados con Ochenta Centímetros (62,80Mts2), Área de Pasillos Comunes, con Cuarenta y Ocho Metros Cuadrados (48,00Mts2), Área de Oficina de Hospitalización, que mide Diez Metros Cuadrados (10,00Mts2), Área de Deposito de Lencería y Descartables, con Diez Metros Cuadrados (10,00Mts2), Área de Cocina, que mide Dieciocho Metros Cuadrados (18,00Mts2), Área de Esterilización e Hidroneumático, que mide Veinte Metros Cuadrados (20,00Mts2), Área de Patio de Aires y Planta Eléctrica, con Cuarenta Metros Cuadrados (40,00Mts2), Área de Oficinas Administrativas, que mide Treinta y Cinco Metros Cuadrados (35,00Mts2), Área de Lavandería, que mide Seis Metros Cuadrados (6,00Mts2), Área de Patio, que mide Treinta y Cinco Metros Cuadrados (35,00Mts2). Teniendo la Construcción un valor de SEISCIENTOS VEINTE MIL BOLIVARES FUERTES (Bs.-620.000,oo), que equivalen a OCHO MIL CIENTO CINCUENTA Y SIETE CON OCHENTA Y NUEVE UNIDADES TRIBUTARIAS (8.157,89 U.T).-

II
Admitida en fecha 29/06/2011 la solicitud en referencia; en fecha 30 de Junio de 2011, presentaron ante este Tribunal como testigos a los ciudadanos CUMANA OLIVEROS FERNANDO ELIAS y SIFONTES HERNANDEZ NANCY ASTRID, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V- 5.990.622 y V-3.730.618, quienes bajo juramento declararon, que no les comprende las generales de ley con el solicitante; conocen suficientemente de vista, trato y comunicación desde hace mucho tiempo por el ciudadano VINCENZO DI SERAFINO CANZANESE. Que saben y les consta que la casa en referencia la ha construido con dinero de su propio peculio, pagando ella los materiales y la obra de mano invertidos en ella; Que conocen la casa y que la misma tiene un costo de Veinte mil bolívares fuertes (Bs. 20.000,00); que les consta que la casa en referencia se encuentra en los linderos antes mencionados.

Ahora bien, por cuanto no ha habido oposición de terceros en relación a lo peticionado por el ciudadano VINCENZO DI SERAFINO CANZANESE,
este Juzgado administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley y conforme a lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, con vista a la comunicación emanada de la Dirección de Catastro del Municipio Simón Bolívar del estado Anzoátegui, junto con el Informe Técnico adjunto a la misma, y las declaraciones rendidas por los precedentemente mencionados ciudadanos, declara TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, a favor del el ciudadano VINCENZO DI SERAFINO CANZANESE, extranjero, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número E.-1.024.833, domiciliado en la ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, sobre las bienhechurías que se especifican en el escrito que encabeza estas actuaciones, las cuales se describen supra, quedando en todo caso a salvo los derechos de terceros, conforme a lo establece la citada disposición legal

Se deja expresa constancia que la competencia de este Tribunal de Municipio para conocer sobre el Asunto en comento, le fue atribuida mediante Resolución Nº 2009- 0006, de fecha 18 de marzo de 2009, en su artículo 3, dictada por el Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.152, de fecha 02 de abril de 2009.

A los fines establecidos en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, certifíquese por Secretaría copia de esta decisión. Así se decide.

Hágase entrega a la parte interesada de las presentes actuaciones en original. Así se decide.

LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,

ABG. ARELIS MORILLO SANCHEZ
LA SECRETARIA TITULAR


ABG. FLOR YESENIA CUESTA