REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado del Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre.
El Tigre, siete de julio de dos mil once
201º y 152º
ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2009-001493
ASUNTO: BP12-S-2009-001493
SENTENCIA: INTEROLCUTORIA
(PERENCION DE LA INSTANCIA)
MOTIVO: RECTIFICACION DE ACTA
REGISTRO CIVIL
SOLICITANTE: JOSEFA MARIA ALIENDRES DE R.
Venezolano, mayor de edad, Cédula
de Identidad N° V-10.936.864.-
Por cuanto de la revisión de las actas que integran este expediente el Tribunal observa: Que en la solicitud de RECTIFICACION DE ACTAS DE REGISTRO CIVIL, seguido por la ciudadana JOSEFA MARIA ALIENDRES DE RODRIGUEZ, debidamente asistida por el Abg. LUIS BIAGGI, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 96.332, se observa que desde el último acto de procedimiento hasta la presente fecha ha transcurrido más de Un (1) año sin que la parte solicitante haya instado el presente procedimiento, por lo que se declara la PERENCION DE LA INSTANCIA, conforme a lo dispuesto en los Artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil.-
En virtud de lo expuesto, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara EXTINGUIDA LA INSTANCIA, por haber ocurrido la perención en el presente asunto.-
Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión.-
DADA, FIRMADA Y SELLADA, en la Sala de Despacho del Juzgado del Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en la ciudad de El Tigre, a los siete días del mes de Julio del Dos Mil Once, Años; 201 de la Independencia y 152° de la Federación.-
LA JUEZ,
Abg. ARELIS MORILLO SANCHEZ
LA SECRETARIA
Abg. FLOR YESENIA CUESTA G.
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