REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO SIMON RODRIGUEZ

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado del Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre.
El Tigre, ocho de julio de dos mil once
201º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2011-000014
ASUNTO: BP12-S-2011-000014

Vista la solicitud presentada por la ciudadana: MARIA DE LOS ANGELES MACAYO RONDON, mayor de edad, venezolana Titular de la Cédula de Identidad Nº 19.142.619,domiciliada en la Calle San Rafael, sector Oficina Uno, el Tigre, Municipio simón Rodríguez del estado Anzoátegui, asistido por la abogada ELIZABETH MONTEROLA JIMENEZ inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 79.533,donde manifiesta se le conceda TITULO SUPLETORIO de dominio sobre unas bienhechurías que fomento a sus solas expensa con dinero de su propio peculio, ubicadas en la calle San Rafael Sector Oficina Uno, de la ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez, Estado Anzoátegui, sobre un lote de terreno propiedad Municipal.-Cuyos Linderos particulares son los siguientes: NORTE: Calle San Rafael que es su frente, SUR: Casa que es o fue de Ligia Rivero, ESTE: Casa que es o fue de Mirla Ramos, OESTE: Casa que es o fue de Ale Rivero.-Dichas bienhechurias están constituidas por una casa con paredes de bloques de cemento, techo de Zinc, distribuida por Una (1) Habitación Una (1)Cocina, Un (1) Baño.- En dicha construcción he invertido la cantidad de DIEZ MIL BOLIVARES (BSF.10.000,00), equivalente a CIENTO CINCUENTA Y CUATRO UNIDADES TRIBUTARIAS (154-UT) y teniéndose presente las declaraciones de los testigos hábiles, ciudadanos: LUIS EDGARDO PIÑERO RONDON Y JOSE ALEXANDER BOLIVAR PERALES, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Números: V-8.470.485, y V-13.611.482, respectivamente, éste Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos de terceras personas declara TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD a la ciudadana: MARIA DE LOS ANGELES MACAYO RONDON, ya identificada, en las bienhechurías antes descritas en la presente solicitud, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ,

Abg. ARELIS MORILLO SANCHEZ

LA SECRETARIA,

Abg. FLOR YESENIA CUESTA