REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO LOPNA

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Juicio Sección Adolescentes de Barcelona
Barcelona, 6 de junio de 2011
201º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL : BP01-D-2009-000503
ASUNTO : BP01-D-2009-000503

Por recibido el presente asunto procedente del Tribunal de Control Nº 1 Sección Adolescentes de este Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, relacionado con el adolescente IDENTIDAD OMITIDA, por el delito de APROVECHAMIENTO DE VEHICULO PROVENIENTE DE ROBO O HURTO previsto en el artículo 9 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículo Automotor en agravio del ciudadano JOSE JESUS RODRIGUEZ, al respecto de la revisión y análisis el Tribunal observa:

En fecha 23 de Mayo de 2011, se llevó a cabo la celebración de la Audiencia Preliminar mediante el cual ordenó el Enjuiciamiento del adolescente IDENTIDAD OMITIDA, por el delito de APROVECHAMIENTO DE VEHICULO PROVENIENTE DE ROBO O HURTO previsto en el artículo 9 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículo Automotor en agravio del ciudadano JOSE JESUS RODRIGUEZ, solicitando como sanción la LIBERTAD ASISTIDA por el lapso de DOS (02) años.

En ese orden de ideas cabe señalar que el artículo 585 de la Ley orgánica para la protección del Niño, Niña y del Adolescente dispone que dentro de los cinco días siguientes a la recepción de las actuaciones, el Presidente de la Sección de Adolescente, del Tribunal Penal fijará la fecha de la celebración del juicio oral, el cual ha de celebrarse no antes de los Diez días ni después de los veinte días siguientes al auto de fijación, debiendo indicar el nombre de los jueces que han de integrar el tribunal y ordenar la citación a la audiencia de todos aquellos obligados a concurrir.

Por lo anteriormente expuesto este Tribunal de Juicio Sección de Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley fija la celebración del juicio oral y reservado en el presente asunto que se sigue en contra el ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, por el delito de APROVECHAMIENTO DE VEHICULO PROVENIENTE DE ROBO O HURTO previsto en el artículo 9 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículo Automotor en agravio del ciudadano JOSE JESUS RODRIGUEZ, el día LUNES 20 DE JUNIO DE 2010, A LAS 09:00 DE LA MAÑANA, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 585 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y Adolescente en relación con los artículos 149 y 163 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes. Cúmplase.
LA JUEZ DE JUICIO, SECCIÓN DE ADOLESCENTES

DRA. LIBIA ROSAS MORENO

LA SECRETARIA

ABOG. ADRIANA GOMEZ