SENTENCIA INTERLOCUTORIA
CON FUERZA DE DEFINITIVA

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo del Municipio Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.
Barcelona, veintiuno de junio de dos mil once.
201º y 152º


ASUNTO: BP02-S-2011-001227

PARTE SOLICITANTE Ciudadana MAYELIS BERENICE LOPEZ MARCANO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 13.443.410, Abogada en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el numero 118.880, actuando con el carácter de Apoderada Judicial de los ciudadanos GLADIS TERESA CONTRERAS DE SILVA, RAMON ANTONIO SILVA CONTRERAS, THALIA DOLORES SILVA LEONET Y GABRIELA JOSE SILVA LEONET, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad 3.873.997, 19.537.170, 13.941.121 Y 11.831.690, respectivamente.


MOTIVO SOLICITUD DE DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.

MATERIA CIVIL- FAMILIA.

Con fundamento en la Resolución Nº. 2009- 0006, de fecha 18 de marzo de 2009, dictada por el Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº. 39.152, de fecha 02 de abril de 2009, la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial Civil- Barcelona, procedió a la distribución del presente Asunto, correspondiendo a este Tribunal.
A fin de emitir pronunciamiento sobre lo peticionado este Tribunal lo hace en los siguientes términos:
I
Mediante escrito de fecha 18 de Mayo de 2011, la ciudadana MAYELIS BERENICE LOPEZ MARCANO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 13.443.410, Abogada en ejercicio inscrita en el Inpreabogado bajo el numero 118.880, actuando con el carácter de apoderada Judicial de los ciudadanos GLADIS TERESA CONTRERAS DE SILVA, RAMON ANTONIO SILVA CONTRERAS, THALIA DOLORES SILVA LEONET Y GABRIELA JOSE SILVA LEONET, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad 3.873.997, 19.537.170, 13.941.121 Y 11.831.690 respectivamente, solicitó que previo interrogatorio de testigos que oportunamente presentara, y la documentación acompañada a la solicitud, los declaren UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del de Cujus RAMON ANTONIO SILVA CELMEÑO, fallecido en fecha 18 de marzo de 2011.
II
Al escrito en referencia la ciudadana MAYELIS BERENICE LOPEZ MARCANO acompañó la siguiente documentación:
Copia Certificada del Acta de Defunción de quien en vida se llamara RAMON ANTONIO SILVA CELMEÑO, inscribiéndose en el acta que falleció en fecha 18 de Marzo de 2011, quien era de nacionalidad Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 3.023.351, su Conyugue de GLADIS TERESA CONTRERAS DE SILVA, Sus descendientes RAMON ANTONIO SILVA CONTRERAS, THALIA DOLORES SILVA LEONET Y GABRIELA JOSE SILVA LEONET.
Copia Certificada del Acta del Acta de Matrimonio celebrado entre los ciudadanos RAMON ANTONIO SILVA CELMEÑO y GLADIS TERESA CONTRERAS ACOSTA, Unión que fue llevada a cabo por ante la Prefectura del Municipio Sucre, del Estado Sucre en fecha 20 de Agosto de 1988.
Copias Certificadas de las Actas de nacimientos de los ciudadanos RAMON ANTONIO SILVA CONTRERAS, THALIA DOLORES SILVA LEONET Y GABRIELA JOSE SILVA LEONET.
Copias fotostáticas de las cédulas de identidad de los mencionados ciudadanos.
III
En fecha 20 de Junio de 2011, rindieron declaración bajo juramento, ante este Tribunal, los ciudadanos Yenitze del Valle Arvelaez Tablante y Maria Jose Balor Machado, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números 10.572.113 y 16.853.059, respectivamente, quienes bajo juramento declararon, que conocen de vista, trato y comunicación a los ciudadanos GLADIS TERESA CONTRERAS DE SILVA, RAMON ANTONIO SILVA CONTRERAS, THALIA DOLORES SILVA LEONET Y GABRIELA JOSE SILVA LEONET, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad 3.873.997, 19.537.170, 13.941.121 Y 11.831.690 y de la misma forma conocieron a RAMON ANTONIO SILVA CELMEÑO, quien falleció ab-intestato en fecha 18 de Marzo de 2011; que saben y les consta que el De Cujus es el Padre de los ciudadanos RAMON ANTONIO SILVA CONTRERAS, THALIA DOLORES SILVA LEONET Y GABRIELA JOSE SILVA LEONET, y fue Conyugue de la ciudadana GLADIS TERESA CONTRERAS DE SILVA; Igualmente saben y les consta que los Prenombrados solicitantes son los Únicos Herederos Universales.
IV
Este Tribunal, con vista de los recaudos acompañados a la solicitud en referencia, a las declaraciones rendidas bajo juramento por los ciudadanos Yenitze del Valle Arvelaez Tablante y María José Balor Machado, declara las presentes actuaciones suficiente Titulo de Perpetua Memoria, para asegurarle a los ciudadanos GLADIS TERESA CONTRERAS DE SILVA, RAMON ANTONIO SILVA CONTRERAS, THALIA DOLORES SILVA LEONET Y GABRIELA JOSE SILVA LEONET, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad 3.873.997, 19.537.170, 13.941.121 Y 11.831.690 respectivamente, sus condiciones de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus RAMON ANTONIO SILVA CELMEÑO, quien conforme consta del acta de Defunción acompañada a la solicitud bajo examen, era mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°. 3.023.351, y quien falleció en fecha 18 de Marzo de 2011; quedando en todo caso a salvo los derechos de terceros, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil. Así se decide administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley. Hágase entrega a la parte interesada de las presentes actuaciones en original. Así se decide.
Conforme fue solicitado por la parte interesada, se acuerda expedir por secretaria dos (02) copias certificadas de la presente decisión.
Publíquese, regístrese, déjese copia de esta decisión.
A los fines establecidos en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, déjese copia certificada de la presente decisión.
Se deja expresa constancia que la competencia de este Tribunal de Municipio para conocer sobre el Asunto en comento, le fue atribuida mediante Resolución Nº. 2009- 0006, de fecha 18 de marzo de 2009, en su artículo 3, dictada por el Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº. 39.152, de fecha 02 de abril de 2009.
La Juez Provisorio,

Abog. María Eugenia Pérez
La Secretaria,

Abog. Carmen Calma