REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado del Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre.
El Tigre, veintisiete de junio de dos mil once
201º y 152º
ASUNTO PRINCIPAL: BP12-M-2009-000140
ASUNTO: BP12-M-2009-000140
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA (PERENCION DE LA INSTANCIA)
MOTIVO: COBRO DE BOLIVARES (VIA INTIMATORIA)
DEMANDANTE: CARLOS ALBERTO ALFONZO MORALES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.036.033, Abogado en ejercicio Inscrito en el I.P.S.A bajo el N° 98.282 actuando en su propio nombre y representación.-
DEMANDADO: SUPERMERCADO PARIAGUAN II, solidariamente el ciudadano Wu Zhihua, domiciliado en la Av. Francisco de Miranda Edif. Habi Piso PB, 137 str Pueblo Nuevo El Tigre, Municipio Simón Rodriguez Estado Anzoátegui.-
Por cuanto de la revisión de las actas que integran este expediente el Tribunal observa: Que en la presente demanda, desde el ultimo acto de procedimiento hasta la presente fecha ha transcurrido mas de un año, sin que la parte interesada haya instado el presente procedimiento, por lo que se declara la PERENCION DE LA INSTANCIA, conforme a lo dispuesto en los artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil.-
En virtud de lo expuesto, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara EXTINGUIDA LA INSTANCIA, por haber ocurrido la perención en el presente asunto.-
Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión.-
DADA, FIRMADA Y SELLADA, en la Sala de Despacho del Juzgado del Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui. En la ciudad de El Tigre, a los veintisiete (27) días del mes de Junio del año 2011.- Años 201° de la Federación y 152° de la Independencia.-
La Juez,
Abg. Arelis Morillo Sánchez
La Secretaria,
Abg. Flor Yesenia Cuesta González.
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