REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO SIMON RODRIGUEZ
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado del Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre.
El Tigre, treinta de junio de dos mil once
201º y 152º
ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2011-000603
ASUNTO: BP12-S-2011-000603
Vista la solicitud presentada por el ciudadano: MIGUEL ANGEL GONZALEZ, mayor de edad, venezolano, Titular de la Cédula de Identidad Nº V-13.257.424,domiciliado en la Vereda Tres (03), Sector Bolivariano, de la ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, asistido por el abogado REINALDO QUIJADA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 139.120, donde manifiesta se le conceda TÍTULO SUPLETORIO de dominio sobre unas bienhechurías que fomento a sus solas expensa con dinero de su propio peculio, ubicadas en la vereda Tres (03), sector Bolivariano, de la ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez, Estado Anzoátegui, sobre un lote de terreno propiedad Municipal, que consta de CUATROCIENTOS SETENTA Y CUATRO METROS CON VEINTINUEVE CENTIMETROS (474.29Mts)con un área de construcción que consta de SETENTA Y CINCO METROS CON NOVENTA Y DOS CENTIMETROS CUADRADOS (75.92Mts),Cuyos Linderos particulares son los siguientes: NORTE: Con vereda Tres, midiendo Veintiséis metros con seis centímetros (26.06Mts) SUR: Con propiedad que es o fue de Carmen Mayaguarez, midiendo Veintiséis metros con seis centímetros (26.06Mts), ESTE: Con propiedad que es o fue de Esmirna Figueroa, midiendo Dieciocho metros con veinte centímetros (18.20Mts), OESTE: Con propiedad que es o fue de Judith Almeida, midiendo Dieciocho metros con veinte centímetros (18.20Mts).-Dichas bienhechurias están constituidas por una casa de bases de concreto y cabilla, paredes de bloques, techo de zinc, piso de cemento rustico, cerámica. distribuida por tres (3) Habitaciones, Una (1) Sala-Comedor, Un (1) Baño Una (1) cocina.- En dicha construcción he invertido la cantidad de VEINTE MIL BOLIVARES (BSF.20.000,00), equivalente a DOSCIENTAS SESENTA Y SEIS UNIDADES TRIBUTARIAS (266-UT) y teniéndose presente las declaraciones de los testigos hábiles, ciudadanos: ROSEUGIS JOSE GUAIPO SARMIENTO, Y REGULO BAUTISTA SALAZAR GONZALEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Números: V-14.804.815 y V-20.740.172, respectivamente, éste Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos de terceras personas declara TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD al ciudadano MIGUEL ANGEL GONZALEZ, ya identificado, en las bienhechurías antes descritas en la presente solicitud, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ,
Abg. ARELIS MORILLO SANCHEZ
LA SECRETARIA,
Abg. FLOR YESENIA CUESTA G,