REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, diecisiete de junio de dos mil once
201º y 152º

ASUNTO: BP02-N-2010-000459
PARTE RECURRENTE: ANGEL SOLORZANO GUZMAN, venezolana mayor de edad y titular de la cedula de identidad numero 5.999.595.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE RECURRENTE: ANIBAL BRITO HERNANDEZ, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 21.038.
TERCERO INTERESADO: HELMERICH & PAYNE DE VENEZUELA C.A., sociedad mercantil inscrita en el Registro mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito federal y Estado Miranda, en fecha 05-11-1954, quedando anotada bajo el numero 469, tomo 02-B.
APODERADO JUDICIAL DEL TERCERO INTERESADO: ALIPIO HERNANDEZ NUÑEZ, ROBERTO ANTONIO WILLIAMSON HERNANDEZ, ALIPIO ANTONIO HERNANDEZ WILLIAMSON y ALINDA JOSEFINA HERNANDEZ WILLIAMSON, abogados en ejercicio e inscritos en el Inpreabogado bajo el numero11.910 100.162, 103.821 y 87.052 respectivamente.
MOTIVO: RECURSO DE NULIDAD CONTRA LA AUTORIZACION DE REDUCCION DE PERSONAL, dictada por la Inspectoría del trabajo de los Municipios Anaco, Aragua de Barcelona, Freites, San Ana, Libertad y Mac-Gregor del Estado Anzoátegui en fecha 15-04-2010.

En horas de despacho del día de hoy, diecisiete (17) de Junio del dos mil once (2011), siendo las ocho y cuarenta y cinco de la mañana (8:45 AM.), oportunidad fijada para que tenga lugar la audiencia de oral y publica de juicio seguida por el ciudadano ANGEL SOLORZANO GUZMAN en contra de la Inspectoría del trabajo de los Municipios Anaco, Aragua de Barcelona, Freites, San Ana, Libertad y Mac-Gregor del Estado Anzoátegui, plenamente identificados. Se constituye de conformidad con lo previsto en el artículo 82 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativo el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, presidido por la Juez MARIA AUXILIADORA CHAVEZ, la Secretaria Abg. YIRALI QUIJADA y el Alguacil EDUARDO HENRIQUEZ, razón por la cual se abre la sesión y se da inicio a la Audiencia de Juicio. Posteriormente la Ciudadana Juez ordena a la Secretaria informar el motivo de la presente Audiencia y dejar constancia de la presencia de las partes, la Secretaria dio cuenta a la ciudadana Juez del objeto de la presente Audiencia y deja constancia de la no comparecencia de la parte recurrente ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno, asi como de la incomparecencia de la Inspectoria del Trabajo antes identificada; asimismo dejo constancia de la presencia del tercero interesado la empresa HELMERICH & PAYNE DE VENEZUELA C.A., a través de su apoderado judicial plenamente identificado ALIPIO ANTONIO HERNANDEZ. Verificada la incomparecencia de la parte recurrente el tribunal de conformidad con lo establecido en el primer aparte del artículo 82 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara el DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO. Igualmente se deja constancia que la presente audiencia se reprodujo en forma audiovisual, por una cámara de video identificada MNI DV DCR-HC28, serial 7015857, manipulada por el técnico audiovisual JESUS GUEVARA, titular de la cedula de identidad numero 11.904.682. Asimismo, se deja establecido que una vez que transcurra el lapso para que la parte actora incoare su recurso el tribunal dará por terminada la presente causa y ordenara el archivo judicial de la misma. Siendo las 08:55 AM. Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ,

MARÍA AUXILIADORA CHÁVEZ.

APODERADO JUDICIAL DEL TERCERO INTERESADO,

LA SECRETARIA,

YIRALI QUIJADA.