REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.
Barcelona, dieciséis de marzo de dos mil once
200º y 152º

ASUNTO: BP02-X-2011-000022


Vista la Inhibición planteada por el Dr. MEDARDO ANTONIO PAEZ, en su condición de Juez del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y Tránsito de esta Circunscripción Judicial, con sede en El Tigre, en la ACCION REIVINDICATORIA seguida por el ciudadano ZEDAN HABIB EL KASAM, a través de su apoderado judicial, abogado en ejercicio HOSMAN HABIB, contra la empresa PROMOTORA INVERSUR 112, C.A., basada en los ordinales 9º y 12º del Artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, por cuanto “De la revisión del presente asunto observé varias circunstancias, las cuales de manera individual encuadran dentro de algunos supuestos establecidos en el artículo 82 del Código de Procedimiento Civil como causales genéricas de inhibición, tales circunstancias son: A) Amistad intima desde hacen muchos años con el señor HABIB ZEDAN EL KASEM, demandante en la causa principal. B) Asimismo, fui apoderado judicial del señor ZEDAN HABIB…Estos hechos encuadran en las causales de INHIBICION contenidas en el artículo 82 del Código de Procedimiento Civil…razón por la cual me INHIBO de conocer la presente causa”. Este Tribunal Superior de conformidad con lo dispuesto en el artículo 88 del Código de Procedimiento Civil, declara: CON LUGAR dicha Inhibición por estar fundamentada en la causal legal. En consecuencia, devuélvanse las presentes actuaciones al Tribunal de la causa, para que éste dé cumplimiento a la Ley Orgánica del Poder Judicial. Todo lo cual se decide en nombre de la República y por Autoridad de la Ley.
El Juez Superior Temporal,

Rafael Simón Rincón Apalmo.

La Secretaria;

Nilda Gleciano Martínez.
Se cumplió lo ordenado en el auto anterior. Mediante oficio N°. 0410- 240 y constante de catorce (14) folios útiles. Conste.

La Secretaria;

Nilda Gleciano Martínez