REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.
Barcelona, tres de marzo de dos mil once
200º y 152º
ASUNTO: BP02-X-2011-000020
SENTENCIA. INTERLOCUTORIA,
MOTIVO: (INHIBICION)
JUEZ INHIBIDO: MARITZA APONTE DIAZ
Vista la inhibición planteada por la Abogada MARITZA APONTE DIAZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.817.874, en su condición de Juez Temporal del Tribunal de Municipio Francisco de Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui. Con sede en la con ocasión al Juicio por REVISIÓN DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCION seguido por la ciudadana ANA ANTONIA SANCHEZ contra JOSE FELIZ PADRINO, fundamentada la expresada inhibición en la causal 20º del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 84 Ejusdem. “ME INHIBO DE SEGUIR CONOCIENDO DE ESTA CAUSA”, considera procedente la inhibición planteada. Así se decide.
Este Tribunal Superior, con fundamento en el artículo 88 del Código de Procedimiento Civil, declara CON LUGAR la inhibición planteada, por estar fundamentada en causales legales. Así se decide, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley.
En consecuencia, remítase copia autentica de la presente decisión a la ciudadana Juez Temporal del Tribunal de Municipio Francisco de Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui., Abogada, MARITZA APONTE DIAZ, a los fines legales consiguientes.
El Juez Superior Temporal,
Rafael Simón Rincón Apalmo
La Secretaria.
Nilda Gleciano Martínez
Mediante Oficio Nº 0410-82, se remite la presente causa constante. Conste.
. La Secretaria,
Nilda Gleciano Martínez
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