REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Juicio Nº 03, de Barcelona, Estado Anzoátegui

Barcelona, 29 de Marzo de 2011
200º y 151º

ASUNTO PRINCIPAL : BP01-P-2008-001033
ASUNTO : BP01-P-2008-001033

Visto el acta de fecha 25-03-2011, y revisado el presente asunto se pudo evidenciar lo siguiente:

En fecha 09-03-2008, el ciudadano acusado fue puesto a la orden del Tribunal de Control Nº 04 de este Circuito Judicial Penal, por la Fiscalía Novena del Ministerio Público de este Estado, imputándole la presunta comisión del delito de POSESION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de De Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, siéndole impuesta las medidas cautelares sustitutivas previstas en los numerales 3º y 4º del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal.

En fecha 16-09-2008, fue presentada la acusación Fiscal, por la presunta comisión del delito de TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO, previsto y sancionado en el tercer aparte del artículo 31 de la ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de De Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, cometido en perjuicio de LA COLECTIVIDAD.-

En fecha 18-03-2009, fue celebrada la audiencia preliminar en contra del ya identificado acusado y se ordenó su apertura a juicio oral y público, por la presunta comisión del delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el tercer aparte del artículo 31 de la ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de De Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, cometido en perjuicio de LA COLECTIVIDAD.-

En fecha 03-04-2009, se recibe la presente causa ante este Tribunal de Juicio Nº 03, acordándose el acto de sorteo ordinario, para el día 28-07-2010, recibiéndose en fecha 30-04-2009, acto estos que se fueron difiriendo en su mayoría por incomparecencia del acusado, hasta que este tribunal en fecha 25-03-2011, suspende la fijación del juicio oral y publico.-

Ahora bien, Ante tal verificación del Sistema Juris 2000, donde evidencia que el acusado MIGUEL ANGEL ROMERO GARCIA, NO CUMPLE CON SUS PRESENTACIONES desde el día 27-01-2010, sin haber justificado aun ante este Órgano la razón de su incumplimiento, este Tribunal de Juicio Nº 3, de conformidad con lo previsto en el articulo 262 del Código Orgánico Procesal Penal, Acuerda: LA CAPTURA de los ciudadanos: MIGUEL ANGEL ROMERO GARCIA, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 15.035.780, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 26-09-1980, de 30 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Obrero, residenciado en calle Carabobo casa Nº 31, Sector El Pénsil, del Municipio Juan Antonio Sotillo del Estado Anzoátegui, quien una vez aprehendido deberá ser puesto la orden de este Tribunal con la urgencia del caso, comisionándose para ello a la División de Captura del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas a Nivel Nacional del área Metropolitana de Caracas, Policía del Estado Anzoátegui y el Instituto Autónomo de Policía del Municipio Juan Antonio Sotillo del Estado Anzoátegui, igualmente Notifíquese a las partes y suspéndase el presente asunto a nivel del sistema juris 2000.- Cúmplase.- -
EL JUEZ DE JUICIO Nº 03

DR. FRANCISCO JOSE CABRERA

SECRETARIO DE SALA

DR. DANIEL GARCIA CAJIAO