REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, dieciocho de marzo de dos mil once
200º y 152º

ASUNTO: BP02-V-2008-001309

Visto el contenido del escrito de fecha 07 de mayo de 2008, presentado por el abogado Rafael E. Morillo Hernández, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 85.211, en su carácter de apoderado judicial del Banco Provincial, S.A. (Banco Universal), domiciliada en Caracas, inscrita en los Libros de Registro de Comercio llevado por el antiguo Juzgado de Primera Instancia en lo Mercantil del Distrito Federal, en fecha 30 de septiembre de 1.952, bajo el No. 488, Tomo 2-B, transformado en Banco Universal según documento inscrito por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal (hoy Distrito Capital) y Estado Miranda, el 03 de diciembre de 1996, bajo el N° 56, Tomo 337-A Pro., parte demandante, mediante la cual desiste formalmente de la presente acción de conformidad con lo dispuesto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, interpuesta en contra de la ciudadana Nilda Margarita Caraballo Mata, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 2.441.992, y solicitó se suspenda la medida de secuestro decretada sobre el bien mueble descrito en el referido escrito, y se le devuelva el documento original de crédito el cual fue agregado al presente expediente marcado con la letra “B”, previa su certificación en autos, en consecuencia, el Tribunal HOMOLOGA el referido desistimiento hecho por la parte actora en los mismos términos y condiciones en que fue suscrito y conforme a la Ley, conforme a lo establecido en el articulo 263 del Código del Procedimiento Civil; y se procede como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Así se decide.-
Asimismo se suspende la medida de secuestro decretada en fecha 05 de noviembre del año 2009, sobre el siguiente bien mueble constituido por un Vehículo Marca Ford, Modelo Mustang, Año 2007, Color Negro, Uso Particular, Serial de Motor N° 75257079, Serial de Carrocería N° 1ZFT82HX75257079, Palcas N° SBF-41U, se ordena devolver el documento original solicitado, previa su certificación en autos.- Se da por terminada la presente causa y se ordena el archivo del mismo.-
El Juez Prov.,


Abg. Jesús Salvador Gutiérrez Díaz.
La Secretaria,


Abg. Mirla Mata Rojas.

Nota: Se solicitan copias fotostáticas para proveer.- Conste,
La Secretaria,


Abg. Mirla Mata Rojas.

































JSGD/bv