REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y de Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintiocho de marzo de dos mil once
200º y 152º

ASUNTO: BP02-F-2009-000386


Vista la anterior diligencia contentiva del DESISTIMIENTO presentado por la ciudadana LUZMILA JOSEFINA FLORES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 8.220.670, asistida por el Abogado ERNESTO MEJIAS GARCIA, inscrita en el Inpreabogado bajo el No.61.157, mediante la cual desiste de la demanda por DIVORCIO incoada por ella, en contra del ciudadano ORLANDO FIGUERA MARIÑO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cedula de identidad Nº 5.483.560; el Tribunal, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA dicho DESISTIMIENTO, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.- Igualmente se ordena la certificación de las copias de todos los originales que rielan en el presente expediente, de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil y 1º de la Ley de Sellos, para su posterior devolución.- Asimismo se da por terminado el presente expediente y se ordena remitirlo al archivo Judicial.- Líbrese oficio.-Cúmplase.-
La Juez Provisoria,

Abog. Adamay Payares Romero. El Secretario,

Abog. Jairo Daniel Villarroel.