Juzgado del Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre.
El Tigre, veintiocho de marzo de dos mil once
200º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL: BP12-M-2010-000016
ASUNTO: BP12-M-2010-000016

SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA.

COMPETENCIA: MERCANTIL

MOTIVO: COBRO DE BOLIVARES

DEMANDANTE: ANGEL SALVADOR MORALES PADRON, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.969.086, actuando como Apoderado Judicial de la Firma Mercantil SERVICIOS RINMAR, inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.-

DEMANDADO: GLOBAL VENEZUELAN RIG SERVICES, C.A, inscrita por ante el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.-


Por cuanto de la revisión de las actas que integran este expediente el Tribunal observa: Que en la presente Demanda, desde el ultimo acto de procedimiento hasta la presente fecha ha transcurrido mas de un año, sin que la parte interesada haya instado el presente procedimiento, por lo que se declara la PERENCION DE LA INSTANCIA, conforme a lo dispuesto en los artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil.-
En virtud de lo expuesto, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara EXTINGUIDA LA INSTANCIA, por haber ocurrido la perención en el presente asunto.-
Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión.-
DADA, FIRMADA Y SELLADA, en la Sala de Despacho del Juzgado del Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui. En la ciudad de El Tigre, a los veintiocho (28) días del mes de Marzo del año 2011.- Años 200° de la Federación y 151° de la Independencia.-

La Juez,

Abg. Arelis Morillo Sánchez
La Secretaria,

Abg. Flor Yesenia Cuesta González