ACTA

Nº DE EXPEDIENTE: BP02-L-2010-000707
PARTE ACTORA: RAFAEL MATA. NO COMPARECIO.
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: EVA GONZÁLEZ. NO COMPARECIO
PARTE DEMANDADA: TELEVISION DE MARGARITA, C.A. (TELECARIBE)
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: JULIO BELTRAN MILANO RONDON
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.

En el día hábil de hoy veinticinco de marzo de dos mil once, siendo las 9:00 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES que interpusiere el ciudadano RAFAEL MATA, en contra de la sociedad mercantil TELEVISIÓN DE MARGARITA, C.A. (TELECARIBE); se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, no por medio de apoderado judicial alguno aún cuando el ciudadano Alguacil procedió a realizar el llamado de Ley entre las partes, solo compareciendo el apoderado judicial de la parte demandada, abogado en ejercicio JULIO BELTRAN MILANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No.16.257.230, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No.116.180, representación que se evidencia de instrumento Poder el cual consigna en este acto, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA LA PRESENTE DECISION. Años 152 ° y 200 °.
La Juez

Abg. María José Carrión G.
La Secretaria,


Abg. Olga Carolina Manero.

El compareciente,




Seguidamente y en esta fecha, siendo las 09:10, a.m., se público la anterior resolución. Conste:


La Secretaria,