REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Mediación y Sustanciación de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Anzoátegui - Barcelona
Barcelona, veintitrés de marzo de dos mil once
200º y 152º
ASUNTO: BH0C-X-2011-000023
Admitida la demanda de REVISION DE OBLIGACION DE MANUTENCION, incoada por la ciudadana YOXI LEGNIS YACUA ESTABA, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°. V- 14.190.602, de este domicilio, debidamente asistida por la Abogada en ejercicio MERCEDES MATA FAJARDO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 94.657, a favor de su hijo (Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) en contra del ciudadano DANNY JOSE PÉREZ BEJARANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.913.878, quien puede ser localizado en su lugar de trabajo HIPERMERCADO BICENTENARIO, ubicado en la Avenida Jorge Rodríguez (Antigua Av. Ínter comunal), Frente al Polideportivo Libertador Simón Bolívar, Sector Las Garzas, Sentido Puerto La Cruz-Barcelona del Estado Anzoátegui, de conformidad con el Artículo 466 y 466-B, de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, se abre el presente Cuaderno de Medidas, el cual formará parte del Expediente BP02-V-2011-000150; en consecuencia éste Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Anzoátegui, en cuanto a las MEDIDAS PREVENTIVAS solicitadas DECRETA: PRIMERO: Retención de veinticuatro (24) MENSUALIDADES FUTURAS, a razón de TRESCIENTOS BOLIVARES (Bs. 300,oo) cada uno, las cuales serán deducidas de las PRESTACIONES SOCIALES, que ha de percibir el obligado, ciudadano DANNY JOSE PÉREZ BEJARANO, anteriormente identificado, en caso de retiro, despido o cancelación de contrato, y deberán ser remitidas en cheque a nombre de la ciudadana YOXI LEGNIS YACUA ESTABA, titular de la cédula de identidad N°. V- 14.190.602, en su debida oportunidad. Ofíciese lo conducente al Jefe de Recursos Humanos del HIPERMERCADO BICENTENARIO, ubicado en la Avenida Jorge Rodríguez (Antigua Av. Ínter comunal), Frente al Polideportivo Libertador Simón Bolívar, Sector Las Garzas, Sentido Puerto La Cruz-Barcelona del Estado Anzoátegui, a fin de dar cumplimiento a lo ordenado. Líbrese oficio. Cúmplase.-
LA JUEZA.
Dra. ANA JACINTA DURAN.
LA SECRETARIA,
Abg. ORLYMAR CARREÑO
En la misma fecha del auto anterior se le dio cumplimiento a todo lo ordenado en el. Conste.-
LA SECRETARIA,
ABG. ORLYMAR CARREÑO.
AJD/jlm.-
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