| REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Mediación y Sustanciación de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Anzoátegui - Barcelona
Barcelona, veintitrés de marzo de dos mil once
200º y 152º

ASUNTO: BP02-S-2008-000399

Vista el escrito de fecha 01-03-2011, suscrita por la ciudadana PAOLA VIRGINIA RIVAS DELGADO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad N° 24.947.329, domiciliada en Guanta, Estado Anzoategui, debidamente asistida por el abogado en ejercicio ISRRAEL JOSE CARABALLO ESPAÑOL, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 119.181, en la cual solicita se le haga entrega de su cuota parte por haber cumplido su mayoría de edad del dinero depositado en la cuenta de ahorros N° 0088-64-0060024757, llevada en la Agencia bancaria Banfoandes. En tal sentido, éste Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en uso de sus atribuciones legales, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley e Interés Superior de los adolescentes de marras, acuerda hacer entrega de la TOTALIDAD del dinero a la ciudadana PAOLA VIRGINIA RIVAS DELGADO, titular de la cédula de identidad Nº V-24.947.329 que asciende a la suma de NUEVE MIL NOVECIENTOS CATORCE BOLIVARES CON SESENTA Y CUATRO CENTIMOS (Bs. 9.914.64), depositada en la Cuenta de Ahorros Nº 0088-64-0060024757, del Banco Bicentenario, Agencia Barcelona. Por cuanto en la referida Cuenta quedara un activo de Cero (0) Bolívares. Se acuerda el cierre del respectivo Expediente y su remisión al Archivo Judicial.- Asimismo se acuerda oficiar a la Oficina de Control de Consignaciones, a los fines arriba indicados. Líbrese oficio. Cúmplase.-
LA JUEZA.


Dra. ANA JACINTA DURAN.

LA SECRETARIA


Abg. ORLYMAR CARREÑO H

AJD/ALICIA.-