REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.
Barcelona, veintiséis de mayo de dos mil once
201º y 152º
ASUNTO: BH02-X-2011-000008
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA
MOTIVO: INHIBICION
JUEZ INHIBIDO: Abog. CARLOS GUILLERMO ESPINOZA RONDON, en su condición de Juez Titular del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui – Extensión El Tigre.
INTERVINIENTES: ANA TERESA GONZALEZ CONTRA GIUSEPPE AUQUELLO LICAUSI
Vista la inhibición planteada por el abogado JESUS SALVADOR GUTIERREZ venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 5.995.277, en su condición de Juez provisorio del Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercade esta Circunscripción Judicial, la cual fundamentó de la siguiente manera: “Por cuanto en fecha 12 de enero de 2011, este Tribunal, dictó sentencia declarando inadmisible la presente querella interdictal, intentado por la ciudadana Ana Teresa González en contra del ciudadano Giuseppe Aquello Licausi, en la cual omití opinión al fondo del presente asunto, es por lo que debo inhibirme de conocer la misma,....”
Este Tribunal Superior administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 88 del Código de Procedimiento Civil declara CON LUGAR la inhibición planteada por el ciudadano Juez Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, por estar fundamentada en causal legal.
Remítase las actuaciones al Tribunal de origen a los fines legales consiguientes.
El Juez Superior Temporal,
Abog. Rafael Simón Rincón Apalmo
La Secretaria.
Abog. Nilda Gleciano Martínez
Mediante Oficio Nº 0410-172, se da cumplimiento a lo ordenado anteriormente. Conste.
La Secretaria,
Abog. Nilda Gleciano Martínez
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