REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Ejecución de Barcelona
Barcelona, 5 de mayo de 2011
201º y 152º
ASUNTO PRINCIPAL : BP01-S-2003-006843
ASUNTO : BP01-S-2003-006843
Revisada las actas que conforman el presente asunto, seguido en contra del ciudadano: JONATHAN ABRAHAM MONTANE CAPOTE, venezolano, titular de la Cèdula de Identidad Nº 13.504.302, natural de Caracas, Distrito Federal, soltero, hijo de PEDRO MONTANE y LEIDA CAPOTE (V) y residenciado endetrás del Club Polar, Sector Primero de Diciembre, Mariara, Estado Carabobo, por la comisión del delito de ROBO A MANO ARMADA y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en los Artículos 460 y 278 del CODIGO PENAL, cometido en perjuicio del ciudadano LAUWRENCE JOSEPH ARMAS PEREZ, éste Juzgado de Primera Instancia en funciones de Ejecución a los fines de decidir observa:
En fecha 07 de Abril de 2011, el Tribunal de Violencia Contra la Mujer en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, DECRETO EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al ciudadano: JONATHAN ABRAHAM MONTANE CAPOTE, venezolano, titular de la Cèdula de Identidad Nº 13.504.302, natural de Caracas, Distrito Federal, soltero, hijo de PEDRO MONTANE y LEIDA CAPOTE (V) y residenciado endetrás del Club Polar, Sector Primero de Diciembre, Mariara, Estado Carabobo, por la comisión de los delitos de ROBO A MANO ARMADA y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en los Artículos 460 y 278 del CODIGO PENAL, cometido en perjuicio del ciudadano LAUWRENCE JOSEPH ARMAS PEREZ, todo de conformidad a lo establecido en el artículo 318 Ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal.
Ahora bien, definitivamente firme como ha quedado la Sentencia Interlocutoria con Fuerza Definitiva dictada por el referido Tribunal de Instancia, éste Juzgado Primero de Primera Instancia en funciones de Ejecución ejecuta el Sobreseimiento de la Causa y así se decide.
DISPOSITIVA
Por las consideraciones anteriormente expuestas, éste Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, EJECUTA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al ciudadano: JONATHAN ABRAHAM MONTANE CAPOTE, venezolano, titular de la Cèdula de Identidad Nº 13.504.302, natural de Caracas, Distrito Federal, soltero, hijo de PEDRO MONTANE y LEIDA CAPOTE (V) y residenciado detrás del Club Polar, Sector Primero de Diciembre, Mariara, Estado Carabobo, por la comisión de los delitos de ROBO A MANO ARMADA y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en los Artículos 460 y 278 del CODIGO PENAL, cometido en perjuicio del ciudadano LAUWRENCE JOSEPH ARMAS PEREZ. Notifíquese a las partes. Remítanse oficios al Ministerio del Poder Popular para las Relaciones Interiores y de Justicia, a la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería del Ministerio de Relaciones Interiores, notificando la presente decisión. Igualmente, remítase la causa, en forma original, al Archivo Judicial de este Circuito Judicial Penal, a los fines de su archivo y cuido. Regístrese.
LA JUEZ DE EJECUCION Nº 01
DRA. NEREIDA REYES ALFONZO
LA SECRETARIA
ABG. ADRY MARIN
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