REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Ejecucion de Barcelona
Barcelona, 10 de Mayo de 2011
201º y 152º
ASUNTO PRINCIPAL : BP01-P-2006-005631
ASUNTO : BP01-P-2006-005631
Se recibió la presente causa seguida en contra de ULISES JOSE FILIBERT, venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº 13.318.919, natural de Puerto la Cruz, Estado Anzoátegui, de estado civil Soltero, hijo de los ciudadanos Ulises Feliber y Luisa Aguilar, residenciado en Barrio Molorca, calle San Ignacio, Nº 32; Puerto la Cruz, Estado Anzoátegui, por la comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, cometido en perjuicio de la ciudadana ANA MARIA INFANTE DORANTE; éste Juzgado Segundo de Primera Instancia en funciones de Ejecución a los fines de decidir observa:
En fecha 05 de Abril de 2011, el Tribunal de Primera Instancia en funcion de Juicio No. 01 Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, DECRETO EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al ciudadano ULISES JOSE FILIBERT, venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº 13.318.919, natural de Puerto la Cruz, Estado Anzoátegui, de estado civil Soltero, hijo de los ciudadanos Ulises Feliber y Luisa Aguilar, residenciado en Barrio Molorca, calle San Ignacio, Nº 32; Puerto la Cruz, Estado Anzoátegui, por la comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, cometido en perjuicio de la ciudadana ANA MARIA INFANTE DORANTE, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 48, ordinal 7º del Código Orgánico Procesal Penal.
Ahora bien, Definitivamente Firme como ha quedado la Sentencia Interlocutoria con Fuerza Definitiva dictada por el referido Tribunal de Instancia, éste Juzgado Segundo de Primera Instancia en funciones de Ejecución ejecuta el Sobreseimiento de la Causa y así se decide.
DISPOSITIVA
Por las consideraciones anteriormente expuestas, éste JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, EJECUTA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al ciudadano ULISES JOSE FILIBERT, venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº 13.318.919, natural de Puerto la Cruz, Estado Anzoátegui, de estado civil Soltero, hijo de los ciudadanos Ulises Feliber y Luisa Aguilar, residenciado en Barrio Molorca, calle San Ignacio, Nº 32; Puerto la Cruz, Estado Anzoátegui, por la comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, cometido en perjuicio de la ciudadana ANA MARIA INFANTE DORANTE. Notifíquese a las partes. Remítanse oficios al Ministerio del Poder Popular para las Relaciones Interiores y de Justicia, a la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería del Ministerio de Relaciones Interiores, notificando la presente decisión. Igualmente, remítase la causa, en forma original, al Archivo Judicial de este Circuito Judicial Penal, a los fines de su archivo y cuido. Regístrese.
LA JUEZ SEGUNDO DE EJECUCION
DRA. ELOINA RAMOS BRITO
LA SECRETARIA
ABG. ADRIANA GONZALEZ
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