SENTENCIA INTERLOCUTORIA
CON FUERZA DE DEFINITIVA
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo del Municipio Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, cinco de mayo de dos mil once
201º y 152º
ASUNTO: BP02-S-2011-000389
PARTE SOLICITANTE Ciudadano HAROLD PEREZ FERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, y titular de la cedula de identidad número 10.658.796 Abogado en ejercicio inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 81.519, actuando en Nombre y Representación de los ciudadanos HILIA ROSA MARCANO DE MORGADO, MARVELIS DEL VALLE MORGADO MARCANO, HILIA DEL CARMEN MORGADO MARCANO, YACENIA MARIA MORGADO DE CERMEÑO, ROSA GERTRUDIS MORGADO MARCANO, OSVANY DE JESUS MORGADO MARCANO, SOLISBELLE COROMOTO MORGADO MARCANO, ESTHER MARINA MORGADO MARCANO, SOLEGLIS DE LOS ANGELES MORGADO MARCANO, JHON FRANK MORGADO MARCANO Y JOSE GREGORIO MORGADO MARCANO, Venezolanos, Mayores de edad y Titulares de las cedulas de identidad números 1.153.386, 8.202.123, 8.223.684, 8.223.683, 8.242.227, 8.249.565, 8.249.567, 8.256.639, 8.294.566, 8.294.567 y 15.050.000 respectivamente, conforme instrumento poder que acompaña.
MOTIVO SOLICITUD DE DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.
MATERIA CIVIL- FAMILIA.
Con fundamento en la Resolución Nº. 2009- 0006, de fecha 18 de marzo de 2009, dictada por el Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº. 39.152, de fecha 02 de abril de 2009, la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial Civil- Barcelona, procedió a la distribución del presente Asunto, correspondiendo a este Tribunal.
A fin de emitir pronunciamiento sobre lo peticionado este Tribunal lo hace en los siguientes términos:
I
Mediante escrito de fecha 16 de Febrero de 2011, el ciudadano HAROLD PEREZ FERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 10.658.796 abogado en ejercicio inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 81.519, actuando en Nombre y Representación de los ciudadanos HILIA ROSA MARCANO DE MORGADO, MARVELIS DEL VALLE MORGADO MARCANO, HILIA DEL CARMEN MORGADO MARCANO, YACENIA MARIA MORGADO DE CERMEÑO, ROSA GERTRUDIS MORGADO MARCANO, OSVANY DE JESUS MORGADO MARCANO, SOLISBELLE COROMOTO MORGADO MARCANO, ESTHER MARINA MORGADO MARCANO, SOLEGLIS DE LOS ANGELES MORGADO MARCANO, JHON FRANK MORGADO MARCANO Y JOSE GREGORIO MORGADO MARCANO, según como se evidencia en instrumento poder otorgado ante la Notaria Publica Primera de Barcelona, Municipio Simón Bolívar del Estado Anzoátegui, de fecha Nueve (09) de septiembre de 2010, el cual quedo anotado bajo el Nº 48, Tomo 141, solicita que previo interrogatorio de testigos que oportunamente presentara, y la documentación acompañada a la solicitud, declaren a sus Poderdantes como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del de cujus JUAN FRANCISCO MORGADO RAMOS, fallecido ab-intestato en fecha 13 de mayo de 2008.
II
Al escrito en referencia el apoderado Judicial ciudadano, Abogado HAROLD PEREZ FERNANDEZ acompaño la siguiente documentación:
Copia Certificada del Acta de Defunción de quien en vida se llamara JUAN FRANCISCO MORGADO RAMOS, inscribiéndose en el acta que falleció en fecha 13 de Mayo de 2008, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 1.150.495. Su Esposa HILIA ROSA MARCANO DE MORGADO. Sus Hijos MARVELIS DEL VALLE MORGADO MARCANO, HILIA DEL CARMEN MORGADO MARCANO, YACENIA MARIA MORGADO DE CERMEÑO, ROSA GERTRUDIS MORGADO MARCANO, OSVANY DE JESUS MORGADO MARCANO, SOLISBELLE COROMOTO MORGADO MARCANO, ESTHER MARINA MORGADO MARCANO, SOLEGLIS DE LOS ANGELES MORGADO MARCANO, JHON FRANK MORGADO MARCANO Y JOSE GREGORIO MORGADO MARCANO.
Copia Certificada del Acta de nacimiento de los ciudadanos MARVELIS DEL VALLE MORGADO MARCANO, HILIA DEL CARMEN MORGADO MARCANO, YACENIA MARIA MORGADO DE CERMEÑO, ROSA GERTRUDIS MORGADO MARCANO, OSVANY DE JESUS MORGADO MARCANO, SOLISBELLE COROMOTO MORGADO MARCANO, ESTHER MARINA MORGADO MARCANO, SOLEGLIS DE LOS ANGELES MORGADO MARCANO, JHON FRANK MORGADO MARCANO Y JOSE GREGORIO MORGADO MARCANO.
Copia Certificada del Acta de Matrimonio celebrado entre los Ciudadanos HILIA ROSA MARCANO y JUAN FRANCISCO MORGADO RAMOS, por ante la Prefectura del Municipio Santa Inés, Distrito Libertad del Estado Anzoátegui, en fecha 27 de Agosto de 1956.
En fecha 28 de Abril de 2011, rindieron declaración bajo juramento, ante este Tribunal, los ciudadanos MARIA GUADALUPE TAYUPO DE FRANCO, NELIDA JOSEFINA ALFARO DE GARCES y PEDRO ALEJANDRO BOLIVAR MEJIAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números 3.685.120, 1.198.288 y 8.247.338 respectivamente, quienes bajo juramento declararon, que conocen de vista, trato y comunicación a los ciudadanos HILIA ROSA MARCANO DE MORGADO, MARVELIS DEL VALLE MORGADO MARCANO, HILIA DEL CARMEN MORGADO MARCANO, YACENIA MARIA MORGADO DE CERMEÑO, ROSA GERTRUDIS MORGADO MARCANO, OSVANY DE JESUS MORGADO MARCANO, SOLISBELLE COROMOTO MORGADO MARCANO, ESTHER MARINA MORGADO MARCANO, SOLEGLIS DE LOS ANGELES MORGADO MARCANO, JHON FRANK MORGADO MARCANO Y JOSE GREGORIO MORGADO MARCANO, y de la misma forma conocieron al ciudadano JUAN FRANCISCO MORGADO RAMOS quien falleció ab-intestato en fecha 13 de Mayo de 2008; que saben y les consta que el causante era Conyugue de la ciudadana HILIA ROSA MARCANO DE MORGADO y Padre de los ciudadanos MARVELIS DEL VALLE MORGADO MARCANO, HILIA DEL CARMEN MORGADO MARCANO, YACENIA MARIA MORGADO DE CERMEÑO, ROSA GERTRUDIS MORGADO MARCANO, OSVANY DE JESUS MORGADO MARCANO, SOLISBELLE COROMOTO MORGADO MARCANO, ESTHER MARINA MORGADO MARCANO, SOLEGLIS DE LOS ANGELES MORGADO MARCANO, JHON FRANK MORGADO MARCANO Y JOSE GREGORIO MORGADO MARCANO, que ellos son los Únicos y Universales Herederos del De Cujus JUAN FRANCISCO MORGADO RAMOS, que saben y les consta que el de cujus no dejo ningún otro heredero legítimo.
III
Este Tribunal, con vista de los recaudos acompañados a solicitud en referencia, a las declaraciones rendidas bajo juramento por los ciudadanos MARIA GUADALUPE TAYUPO DE FRANCO, NELIDA JOSEFINA ALFARO DE GARCES y PEDRO ALEJANDRO BOLIVAR MEJIAS, declara las presentes actuaciones suficiente Titulo de Perpetua Memoria, para asegurarle a los ciudadanos HILIA ROSA MARCANO DE MORGADO, MARVELIS DEL VALLE MORGADO MARCANO, HILIA DEL CARMEN MORGADO MARCANO, YACENIA MARIA MORGADO DE CERMEÑO, ROSA GERTRUDIS MORGADO MARCANO, OSVANY DE JESUS MORGADO MARCANO, SOLISBELLE COROMOTO MORGADO MARCANO, ESTHER MARINA MORGADO MARCANO, SOLEGLIS DE LOS ANGELES MORGADO MARCANO, JHON FRANK MORGADO MARCANO Y JOSE GREGORIO MORGADO MARCANO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad números 1.153.386, 8.202.123, 8.223.684, 8.223.683, 8.242.227, 8.249.565, 8.249.567, 8.256.639, 8.294.566, 8.294.567 y 15.050.000 respectivamente. su condición de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus JUAN FRANCISCO MORGADO RAMOS, quien conforme consta del acta de Defunción acompañada a la solicitud bajo examen, era mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°. 1.150.495, y quien falleció en fecha 19 de Mayo de 2008; quedando en todo caso a salvo los derechos de terceros, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil. Así se decide administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley. Hágase entrega a la parte interesada de las presentes actuaciones en original. Así se decide.
Publíquese, regístrese, déjese copia de esta decisión.
A los fines establecidos en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, déjese copia certificada de la presente decisión.
Se deja expresa constancia que la competencia de este Tribunal de Municipio para conocer sobre el Asunto en comento, le fue atribuida mediante Resolución Nº. 2009- 0006, de fecha 18 de marzo de 2009, en su artículo 3, dictada por el Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº. 39.152, de fecha 02 de abril de 2009.
La Juez Provisorio,
Abog. María Eugenia Pérez
La Secretaria,
Abog. Ismary Lara
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