REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO SIMON RODRIGUEZ
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado del Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre.
El Tigre, diez de mayo de dos mil once
201º y 152º
ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2010-002407
ASUNTO: BP12-S-2010-002407
Vista la solicitud presentada por la ciudadana: CELINA DEL CARMEN MORENO RAMIREZ, mayor de edad, venezolana Titular de la Cédula de Identidad Nº 200.038, domiciliada en la calle Dieciocho (18) Nº 09. Sector El Chaparral, de la ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, asistida por el abogado REINALDO QUIJADA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 139.120, donde manifiesta se le conceda TÍTULO SUPLETORIO de dominio sobre unas bienhechurias que fomento a sus solas expensa con dinero de su propio peculio, ubicadas en el Sector El Chaparral Calle Dieciocho (18) de la ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez, Estado Anzoátegui, sobre un lote de terreno propiedad Municipal, que consta de UN MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y DOS CON QUINCE CENTIMETROS (1.482.15Mts).-Con un área de construcción de DOSCIENTOS VEINTIOCHO METROS, CON CUARENTA Y CINCO CENTIMETROS (228.45Mts).-Cuyos linderos particulares son los siguientes: NORTE: Con Iglesia Evangélica Dios Pentecostal, midiendo Veintisiete metros más Veintiséis metros con Setenta y cinco Centímetros(27.00+26.75Mts),SUR: Con propiedad que es o fue de Gregorio Silva, midiendo Seis metros con Diez Centímetros más Diecisiete metros con Ochenta y cinco centímetros más Veintinueve metros con Ochenta centímetros (06.10Mts)+17.85Mts+29.80Mts), ESTE: Con propiedad que es o fue Rosa Maurera, midiendo Cuarenta y Un metro con diez Centímetros (41.10Mts), OESTE: Con propiedad que es o fue de Josefina Tramare, midiendo Veinticuatro metros (24.00Mts).- Dichas bienhechurias están estructuradas de la siguiente manera: Una casa consistente de bases de concreto y cabillas, paredes de bloques, Techo de Acerolit, piso de cemento constituida por Tres (3) Habitaciones Tres (3) Baños, Una (1) Sala-Comedor, Una (1) Cocina.-En dicha construcción he invertido la cantidad de CINCO MIL BOLIVARES (BSF.5.000,00), equivalente a OCHENTA UNIDADES TRIBUTARIAS (80 U.T) y teniéndose presente las declaraciones de los testigos hábiles, ciudadanos: CARLOS ENRIQUE ORDAZ ARVELAEZ, Y ANA JULIA MALAVE MATA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Números: V-15.014.679, y V-5.997.457, respectivamente, éste Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos de terceras personas declara TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD a la ciudadana: CELINA DEL CARMEN MORENO RAMIREZ, ya identificada, en las bienhechurias antes descritas en la presente solicitud, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ,
Abg. ARELIS MORILLO SANCHEZ
LA SECRETARIA TEMPORAL
Abg. PATRICIA FIGUERA