REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO SIMON RODRIGUEZ

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado del Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre.
El Tigre, diez de mayo de dos mil once
201º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2010-002591
ASUNTO: BP12-S-2010-002591


Vista la solicitud presentada por la ciudadana: ANA FRANCISCA MARTINEZ GODOY, mayor de edad, venezolana Titular de la Cédula de Identidad Nº 17.787.702,domiciliada en la calle Negro Primero Nº 06, Sector Simón Bolívar, de la ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, asistida por el abogado REINALDO QUIJADA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 139.120, donde manifiesta se le conceda TÍTULO SUPLETORIO de dominio sobre unas bienhechurias que fomento a sus solas expensa con dinero de su propio peculio, ubicadas en el Sector Simón Bolívar, calle Negro Primero Nº 06, de la ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez, Estado Anzoátegui, sobre un lote de terreno propiedad Municipal, que consta de DOSCIENTOS TREINTA Y DOS METROS CON CINCUENTA CENTIMETROS (232.50Mts).-Con un área de construcción de NOVENTA Y CINCO METROS CON TREINTA Y NUEVE CENTIMETROS (95.39Mts).-Cuyos linderos particulares son los siguientes: NORTE: Con parcela ocupada midiendo Quince metros con Cincuenta centímetros (15.50Mts),SUR: Con Calle Negro Primero midiendo Quince metros con Cincuenta centímetros (15.50MTS),ESTE: Con propiedad que es o fue Leidis Navarro, midiendo Quince metros (15.00Mts), OESTE: Con calle Negro Primero midiendo Quince metros (15.00Mts).- Dichas bienhechurias están estructuradas de la siguiente manera: Una casa consistente de bases de concreto y cabillas, paredes de bloques, Techo de Acerolit, piso de cemento constituida por Dos (2) Habitaciones Tres (3) Baños, Una (1) Sala-Comedor, Una (1) Cocina.-En dicha construcción he invertido la cantidad de DIEZ MIL BOLIVARES (BSF.10.000,00), equivalente a CIENTO CINCUENTA Y CUATRO UNIDADES TRIBUTARIAS (154U.T) y teniéndose presente las declaraciones de los testigos hábiles, ciudadanos: PEDRO CELESTINO MEJIAS, Y JOSE GREGORIO ROMERO ZAMBRANO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Números: V-4.307.778, y V-8.244.273, respectivamente, éste Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos de terceras personas declara TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD a la ciudadana: ANA FRANCISCA MARTINEZ GODOY, ya identificada, en las bienhechurias antes descritas en la presente solicitud, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ,

Abg. ARELIS MORILLO SANCHEZ

LA SECRETARIA TEMPORAL

ABG. PATRICIA FIGUERA