REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO SIMON RODRIGUEZ

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado del Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre.
El Tigre, treinta de mayo de dos mil once
201º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2010-001737
ASUNTO: BP12-S-2010-001737

Vista la solicitud de titulo supletorio presentada por la ciudadana LEA EUNICE SANCHEZ CEBALLOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.735.791, de este domicilio, asistido por la abogada, NORELBYS SUBERO, inscrita en el Inpre-abogado bajo el Nº 95.398, de este domicilio, donde peticiona se le conceda TITULO SUPLETORIO de dominio sobre unas bienhechurías que fomentó a expensas propias con dinero de su propio peculio, en un terreno propiedad Municipal, ubicada en el Sector los Rosales N° 57 de la Carretera Vía El Caris El Tigre, Municipio Simón Rodríguez, del Estado Anzoátegui, con una Superficie Aproximada de UN MIL CIENTO SETENTA Y SEIS METROS CUADRADOS ( 1.76,00 Mts2), cuyos linderos son los siguientes; NORTE; fuente de Soda El Milenium, midiendo Ochenta y Cuatro Metros (84,00 mts; SUR: Con casa que es o fue de JORGE RIVERA, midiendo Ochenta y Cuatro Metros (84,00 mts); ESTE: Con casa que es o fue de MARIA CAIRO, midiendo Catorce metros (14,00 mts); y OESTE: Carretera Vía El Caris, que es su frente, midiendo Catorce metros (14,00 mts).- Dichas bienhechurías se encuentran conformadas por una casa unifamiliar, de uso permanente, construida de Paredes de Bloques de Cemento, Techo de zinc, Piso de Cemento pulido, subdividida en dos Habitaciones, una Sala-Comedor, Cocina, dos baños, con un área de construcción de Ochenta y Ocho metros cuadrados (84,40 mts2).- El valor invertido es la cantidad de SESENTA MIL BOLIVARES (Bs. 60.000,00), y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos JOSE MANUEL GOMEZ MARAGUACARE y EDGAR JOSE FERNANDEZ GARMENDIA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V-8.255.901 y V-19.786.494 y de este domicilio, este Tribunal, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos de terceros, declara TÍTULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejerce la ciudadana: LEA EUNICE SANCHEZ CEBALLOS, plenamente identificada, en las bienchechurías antes descritas en el presente decreto.- Devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ,

Abg. ARELIS MORILLO SANCHEZ.-
LA SECRETARIA,

Abg. Patricia Carolina Figuera Silva