REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO SIMON RODRIGUEZ
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado del Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre.
El Tigre, seis de mayo de dos mil once
201º y 152º
ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2010-003248
ASUNTO: BP12-S-2010-003248
Vista la solicitud presentada por los ciudadanos: BRICSER DE LOS ANGELES FARIAS VELASQUEZ, SERGIO ALEXANDER FARIAS VELASQUEZ, Y VICSER DEL VALLE FARIAS VELASQUEZ, mayores de edad, venezolanos, Titulares de las Cédulas de Identidad Nº 19.941.353,V-15.717.160,Y 17.590.772, respectivamente, domiciliados en la Calle San Luis Nº 31-A, Sector Simón Bolívar II, el Sector Simón Bolívar II, de la ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, asistidos por la abogado ZELIDEH FEMAYOR TORREALBA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 46.747,donde manifiesta se le conceda TÍTULO SUPLETORIO de dominio sobre unas bienhechurías que fomento a sus solas expensa con dinero de su propio peculio, ubicadas en el Sector Simón Bolívar II, Calle San Luis Numero 35, de la ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez, Estado Anzoátegui, sobre un lote de terreno propiedad Municipal, que consta de CUATROCIENTOS NOVENTA Y TRES METROS CON CUARENTA CENTIMETROS (493.40Mts),con un área de construcción que consta de CIENTO CINCUENTA Y CUATRO METROS CON SETENTA CENTIMETROS (154.70Mts).-Cuyos linderos particulares son los siguientes: NORTE: En Cuarenta y un metros con Sesenta y dos centímetros(41.62Mts), con casa que es o fue de la ciudadana Emi Albornoz, SUR: En Cuarenta y un metro con Sesenta Centímetro,(41.60Mts)con casa que es o fue de la ciudadana Yomaira Albornoz, ESTE: En Catorce metros con Setenta centímetros (14.70Mts), con Calle San Luis, OESTE: En Trece metros Con Veinte centímetros (13.20Mts), con casa del ciudadano Ramón Guzmán.-Dichas bienhechurias están constituidas por una casa de paredes de bloques de cemento, techo de zinc y platabanda, piso de cemento pulido, distribuida por tres (3) Habitaciones, Un (1) Baño.- En dicha construcción he invertido la cantidad de CINCUENTA MIL BOLIVARES (BSF.50.000,00), equivalente a SETECIENTOS SESENTA NUEVE CON VEINTITRES UNIDADES TRIBUTARIAS (769.23-UT) y teniéndose presente las declaraciones de los testigos hábiles, ciudadanos: VICENTA MARGARITA VELASQUEZ, Y YUDEIMA JOSEFINA ALCALA ZACARIAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Números: V-8.434.176, y V-4.909.532, respectivamente, éste Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos de terceras personas declara TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD a los ciudadanos: BRICSER DE LOS ANGELES FARIAS VELASQUEZ, SERGIO ALEXANDER FARIAS VELASQUEZ, Y VICSER DEL VALLE FARIAS VELASQUEZ, ya identificados, en las bienhechurías antes descritas en la presente solicitud, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ,
Abg. ARELIS MORILLO SANCHEZ
LA SECRETARIA,
Abg. FLOR YESENIA CUESTA