En horas de despacho del día de hoy Jueves (19) de Mayo de dos mil once, siendo las diez y treinta (11:30) de la mañana, se trasladó y constituyó el Tribunal Ejecutor de Medidas del Municipio Pedro María Freites de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui por la Juez, Dra. Ilmiflor Guevara Lista, la Secretaria Abogada Maury Fuentes Fariñas y la Alguacil Tamara Torres, en compañía y por indicación de la parte actora la ciudadana YANNISBET DE LOURDES ROJAS RODRIGUEZ debidamente asistida en este acto por la Abogado ene ejercicio MARGELYS DEL VALLE TOVAR MARCANO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº126.630 a los fines de practicar una Medida preventiva de Embargo decretada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en el juicio que por PARTICION Y LIQUIDACION DE LA COMUNIDAD CONYUGAL sigue la ciudadana YANNISBET DE LOURDES ROJAS contra el ciudadano JOSE FRANCISCO GONZALEZ FONSECA, Titular de la cédula e Identidad Nº 14.341.160. Constituido el Tribunal en el sitio indicado por la parte actora el Departamento Jurídico de la Empresa PDVSA Petróleo S.A. ubicada en San Tomé, Municipio Pedro María Freites del Estado Anzoátegui se notificó de su misión a la ciudadana ELINA DEL CARMEN CUPARE THOMAS, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 13.845.920 de profesión Abogada e inscrita en el Inpreabogado bajo el número 98.408 , quien ocupa el cargo de Asesor Legal de la Empresa PDVSA Petróleo S.A. Me doy por notificada de la presente Medida Preventiva de Embargo decretada por el Tribunal de la Causa. Seguidamente intervienen la parte actora debidamente asistida en este acto por la Abogada MARGELYS TOVAR y expone: Solicitamos muy respetuosamente a este digno Tribunal Ejecutor de Medidas practique la Medida Preventiva de Embargo decretada por el Tribunal de la causa la Empresa PDVSA Petróleo S.A. Seguidamente interviene la Asesora Legal de la Empresa PDVSA Petróleo S.A. Abogada Elina del Carmen Cupare y expone: Me comunique con el Departamento de Recursos Humanos vía telefónica con el ciudadano Miguel Pinto y me informo que el ciudadano JOSE FRANCISCO GONZALEZ, no pertenece a la nomina de PDVSA Petróleo, S.A. sino a la nomina de la Empresa PDVSA Gas ubicada en la Ciudad Anaco por tal motivo se hace imposible dar cumplimiento a la respectiva Medida Preventiva de Embargo y hacer las deducciones correspondientes. Seguidamente interviene la Abogada Asistente de la parte actora plenamente identificada en la presente acta y expone: Vista la exposición realizada por la Asesora jurídica de la Empresa PDVSA pido a este Tribunal ejecutor de Medidas remita al Tribunal de la Causa la Presente Medida en el estado en que se encuentra a los fines de solicitar una nueva Comisión dirigida al Juzgado Ejecutor Medidas del Municipio Anaco y dar Cumplimiento a la Obligación. Es Todo. En este estado el Tribunal Ejecutor de Medidas del Municipio Pedro María Freites de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui vista la solicitud hecha por la parte actora la acuerda de conformidad, por no ser contraria a derecho en consecuencia, ordena se remita la presente Comisión en el estado en que se encuentra al tribunal de la Causa. Es Todo. Cúmplase. En este estado este Tribunal declara cerrado el presente acto siendo las 1:00 pm. Acuerda el regreso a su sede. Es Todo. Se leyó y conformes firman.
LA JUEZ EJECUTORA TEMPORAL
LA NOTIFICADA
LAS APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA.
LA SECRETARIA LA ALGUACIL
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