REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo Superior del Trabajo de la
Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, diecisiete (17) de mayo de dos mil once (2011)
201º y 152º

ASUNTO: BP02-R-2011-000244

PARTE ACTORA RECURRENTE: ciudadano FRANKLIN MONSALVE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 13.108.075.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: DANIEL GONZALEZ, LUISA SALAZAR y OLINDA MORILLO, abogados en ejercicio, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 87.446, 93.057 y 93.058, respectivamente.

PARTE DEMANDADA: AGROPECUARIA SANTA TERESA, C.A., persona jurídica originariamente inscrita por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, bajo el N° 47, Tomo A-76, del año 1993, INVERSIONES GRUPO F.T., C.A., persona jurídica originariamente inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, bajo el N° 23, Tomo 10-A, del año 2005, COMERCIALIZADORA DON PEPE, C.A., persona jurídica originariamente inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, bajo el N° 45, Tomo A-76, del año 1993, PROCESADORA ORIENTE, C.A., persona jurídica inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, bajo el N° 61, Tomo 10-A, del año 2005, GRANJA LAS MERCEDES, C.A., persona jurídica originariamente inscrita por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, bajo el N° 12, Tomo A-22, del año 1988, INCUBADORA GUANIPA, C.A., persona jurídica inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, bajo el N° 02, Tomo A, de fecha 18 de febrero de 2004, AGROPECUARIA LOS GRANJEROS, C.A., persona jurídica originalmente inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, bajo el N° 20, Tomo 1-A, de fecha 14 de enero de 2005 y AVICOLA DE ORIENTE, C.A., persona jurídica originariamente inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, bajo el N° 16, Tomo 9-A, del año 2008.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: JOSE RAFAEL GONZALEZ ESCORCHE, JOSE MIGUEL GONZALEZ GUILLEN y JHONNELYS ADRIANA OCA ROJAS, abogados en ejercicio, Inscritos en el I.P.S.A, bajo los Nros. 13.068, 91.825 Y 132.591, respectivamente.
MOTIVO: RECURSO DE APELACION INTERPUESTO POR LA PARTE ACTORA CONTRA LA DECISION DICTADA EN FECHA 05 DE ABRIL DE 2011 POR EL TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ANZOATEGUI, SEDE LA CIUDAD DE EL TIGRE


En el día hábil de hoy, diecisiete (17) de mayo de dos mil once (2011), siendo las 11:30 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la audiencia de parte en la presente causa. Se deja constancia que se encuentra presentes la Juez Temporal, Abg. Carmen Cecilia Fleming, la Secretaria del Tribunal, Abg. Argelis M Rodríguez A, y el alguacil designado. Al evidenciar el Tribunal la incomparecencia del recurrente, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: De conformidad con lo establecido en el artículo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante contra la sentencia de fecha 05 de abril de 2011, dictada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, con sede en la ciudad de El Tigre y en consecuencia se CONFIRMA la sentencia recurrida. Igualmente, se deja constancia que la presente Audiencia se reprodujo en forma audiovisual de acuerdo a lo preceptuado en el artículo 166 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, con una cámara marca SONY DCR-HC 96, serial No. 702696 manipulada por el Técnico Audiovisual adscrito a la Coordinación Judicial de esta Circunscripción ciudadano EULISES ESCOBAR, titular de la cédula de identidad N° 10.295.320. Se ordena agregar a los autos el video grabación del presente acto. Se acuerda la publicación de la presente acta así como dejarse copia certificada de la misma. Es Todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
La Juez Temporal,


Abg. Carmen Cecilia Fleming H.



El Alguacil

La Secretaria

Abg. Argelis M Rodríguez A