REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintisiete (27) de mayo de dos mil once (2011)
201º y 152º

ASUNTO: BP02-L-2011-000474

Visto el desistimiento planteado en fecha 25 del corriente mes y año, por el ciudadano RAFAEL SANTOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad nro. 11.418.977, por intermedio de su apoderada judicial, abogada en ejercicio NARVIS NUÑEZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el nro. 91.849, del procedimiento de calificación de despido que intentara dicho ciudadano en contra de la empresa EXPRESO VALLE DE GUANTAR, este Juzgado Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, con vista a lo expuesto por el demandante, en nombre de la República y por autoridad de la ley da por consumada el aludido desistimiento del procedimiento en el juicio de calificación de despido, en consecuencia, le imparte su HOMOLOGACION en todas y cada una de sus partes, dándole efectos de cosa juzgada, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 263 y 265 del Código de Procedimiento Civil, aplicables por remisión expresa del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Asimismo se da por terminado el juicio y se ordena la remisión del expediente al Archivo Judicial y así se decide, Regístrese, publíquese y déjese copia certificada de esta decisión. Siendo las 9:10 de la mañana se publicó esta decisión.
La jueza temporal

Abg. Analy Silvera
La secretaria,

Abg. Ysbeth Milagro Rodríguez