REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Mediación y Sustanciación de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Anzoátegui - Barcelona
Barcelona, dieciséis de mayo de dos mil once
201º y 152º
ASUNTO: BH06-X-2004-000042
Vista la diligencia suscrita por la ciudadana NALYB BRAVO CASTILLO, debidamente asistida por el Abogado en ejercicio RAUL MATA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 120.462, de fecha 03-05-11, en la cual solicita la entrega totalidad del dinero por concepto de Fideicomiso perteneciente a los adolescentes (Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) , plenamente identificados en autos. En consecuencia, éste Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescente, en uso de sus atribuciones legales, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley e Interés Superior de los adolescentes de marras, acuerda hacer entrega de la TOTALIDAD del dinero que asciende a la suma de DIECISIETE MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y SEIS BOLIVARES FUERTES CON 16/100 CTMS, (Bs. f 17.876,16), más sus intereses, a la ciudadana NALYB BRAVO CASTILLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.485.717, en su carácter de madre y representante legal de los adolescentes de marras, monto que reposa en la Cuenta de Ahorros Nº 0007-0088-64-0010002773, del Banco Bicentenario, Agencia Barcelona. Por cuanto en la referida Cuenta quedara un activo de Cero (0) Bolívares. Se acuerda el cierre del respectivo Expediente y su remisión al Archivo Judicial.- Asimismo se acuerda oficiar a la Oficina de Control de Consignaciones, a los fines arriba indicados. Líbrese oficio. Cúmplase.-
LA JUEZA.
Dra. ANA JACINTA DURAN.
LA SECRETARIA.
Abg. ORLYMAR CARREÑO.-
AJD/LETICIA C.-
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