REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintiuno de noviembre de dos mil once
201º y 152º

ASUNTO: BP02-L-2011-000836

SENTENCIA

PARTE ACTORA: JEAN CARLOS RAMOS SOLORZANO, titular de la Cedula de Identidad Nro. 13.913.212.
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: No tiene.
PARTE DEMANDADA: MMC AUTOMOTRIZ S.A.
APODERADA DE LA PARTE DEMANDADA: El abogado DENNIS RAFAEL CUECHE, inscrito en el I.P.S.A, Nº 128.949
MOTIVO: CALIFICACION DE DESPIDO.
Hoy, veintiuno (21) de noviembre del 2011, siendo las diez (10:00 a.m.) de la mañana, día y hora fijado para que tenga lugar la apertura de la Audiencia Preliminar, por CALIFICACION DE DESPIDO, en contra de la empresa MMC AUTOMOTRIZ S.A. Se deja expresa constancia que la parte actora no compareció a la realización de la misma. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. De igual forma se deja constancia que compareció el apoderado judicial de la demandada, abogado DENNIS RAFAEL CUECHE, inscrito en el I.P.S.A, Nº 128.949.PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 152 ° y 201º

El Juez
Abg. Angel Parra Gutiérrez


Apoderado Judicial de la demandada.


La Secretaria
Abg. Evelin Lara Garcia.

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado siendo las 10:25 a.m. Conste.
La Secretaria
Abg. Evelin Lara Garcia.