REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.
El Tigre, veintinueve de noviembre de dos mil once
201º y 152º
SJT
ASUNTO PRINCIPAL: BP12-L-2010-000175
ASUNTO: BP12-L-2010-000175
PARTE ACTORA: HECTOR DEL JESUS GUTIERREZ, venezolano, mayor de edad y portador de la cédula de identidad número 14.621.965
COAPODERADOS PARTE CODEMANDANTES: GLADYS JOSEFINA URBAEZ CARMONA, ANALY ANDERSON LOPEZ y JOSE LUIS BARRETO GONZALEZ, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos.137.927, 120.515 y 137.929 en su orden.
PARTE DEMANDADA: PERFORACIONES ALBORNOZ, C.A.
APODERADO PARTE DEMANDADA: No Constituyó.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.
I
En fecha 12 de abril de 2010, los coapoderados judiciales del ciudadano HECTOR DEL JESUS GUTIERREZ, presentó escrito libelar. Cual posterior a la subsanación ordenada en fecha 14 de abril de 2010; resultó admitido por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, por auto de fecha 05 de Mayo de 2010.
Se evidencia de las actas procesales que, cumplida la notificación ordenada en el auto de admisión; en fecha 30 de mayo de 2011, tuvo lugar la oportunidad fijada para la celebración de la Audiencia Preliminar por ante el Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, por efecto de la redistribución de asuntos del sistema Juris 2000; dejando constancia el prenombrado Juzgado (folio 131) de la Pieza del expediente, de la comparecencia sólo de la parte demandante. De igual manera, el referido Tribunal dejó constancia, que la representación judicial de la parte demandante, consignó su respectivo escrito de pruebas.
Por auto de fecha 28 de septiembre de 2011 (Folio 148) del expediente, el Tribunal de Sustanciación supra señalado, dejó constancia que la parte demandada PERFORACIONES ALBORNOZ, C.A. (PERFOALCA) no dió contestación a la demanda.
II
Ahora bien, posterior al recibo del expediente, este despacho por nota de diario del sistema Juris 2000 de fecha 13 de octubre de 2011, admitió las pruebas promovidas y por auto expreso fijó la oportunidad de celebración de la audiencia de juicio en el presente asunto, todo de conformidad a lo establecido en el Artículo 75 y 150 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, respectivamente.
Advirtiendo a las partes que, conforme al criterio contenido en sentencia Nº 1.074, de fecha 03 de noviembre de 2010 publicada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, cual invoca sentencia de la Sala Social del Tribunal Supremo de Justicia, Nº 0528, de fecha 01 de junio de 2010; la audiencia de juicio se celebraría en la oportunidad fijada en el referido auto, salvo que las partes solicitaran la suspensión de la audiencia de juicio, por insistir en las resultas de las pruebas promovidas y que no se encontraran incorporadas a la fecha que correspondiera la celebración de la Audiencia de Juicio; de considerar que las mismas resultan de vital importancia para la resolución de la controversia. Sin que tal interés o insistencia en sus resultas, quedare de manifiesto en las actas procesales.
Correspondiéndose la celebración de la audiencia de juicio, en orden al auto dictado anteriormente referido, y conforme al cómputo efectuado en el calendario judicial de este Tribunal, para día de hoy 29 de noviembre de 2011. En cuya oportunidad pudo este Tribunal verificar y certificar mediante acta de esta misma fecha; de la incomparecencia a la audiencia de juicio, de la parte actora ni por sí ni a través de apoderado alguno, y de la incomparecencia de la parte demandada PERFORACIONES ALBORNOZ, C.A. (PERFOALCA); y de conformidad con lo previsto en el Artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo se declaró, la extinción del proceso, de conformidad a lo establecido en el Artículo 151 de la ley Orgánica Procesal del Trabajo por concepto de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES, incoada por el ciudadano HECTOR DEL JESUS GUTIERREZ , en contra de la sociedad mercantil PERFORACIONES ALBORNOZ, C.A. (PERFOALCA).
DECISIÓN
Por las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, y con fundamento en el dispositivo legal señalado declara la extinción del proceso, incoado por el ciudadano HECTOR DEL JESUS GUTIERREZ, en contra de la sociedad mercantil PERFORACIONES ALBORNOZ, C.A. (PERFOALCA)., por concepto de Cobro de Prestaciones Sociales y demás conceptos laborales. Y así se decide.-
Regístrese, publíquese y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en El Tigre a los VEINTINUEVE (29) días del mes de NOVIEMBRE del año DOS MIL ONCE (2011).
LA JUEZ TEMPORAL


ABG. LISBETH HARRIS GARCIA

LA SECRETARIA


ABG. MARIA ANDREINA TOMASSI