REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Violencia contra la Mujer en Función de Control, Audiencia y Medidas de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui- Barcelona
Barcelona, 7 de Noviembre de 2011
201º y 152º
ASUNTO PRINCIPAL : BP01-S-2011-003176
ASUNTO :BP01-S-2011-003176
Visto escrito presentado en fecha 08/07/2010, por el Abogado Tomas José Armas Mata, en su carácter de Fiscal Decimosextos (A) del Ministerio Público, mediante el cual solicita de conformidad con lo establecido en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, la PRORROGA, respectiva para presentar el acto conclusivo en la causa; BP01-S-2010-003176, donde aparece como imputado el ciudadano: JEAN CARLOS PEREZ, por cuanto faltan que realizar diligencias investigativas determinantes para el esclarecimiento de los hechos y así poder presentar el respectivo acto conclusivo.
Al respecto este Tribunal de Violencia Contra la Mujer en Funciones de Control Audiencia y Medidas Nº 1 de este Circuito Judicial Penal, considerando que las diligencias que aun no se han practicado son de importancia a los fines de que el Ministerio Público pueda presentar el respectivo acto conclusivo en la presente causa y verificándose que efectivamente el escrito fue presentado en el lapso establecido en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal vale decir por lo menos con cinco días de anticipación. Verificándose en la respectiva causa que la audiencia de presentación se realizó el 11/10/11, venciéndose los treinta días el JUEVES 10 DE NOVIEMBRE 2011, dejándose expresa constancia que el escrito de solicitud de prorroga se presentó en fecha 04/11/2011, dentro del lapso legal. En consecuencia se autoriza la PRORROGA POR EL LAPSO DE QUINCE DIAS. VENCIENDO EL LAPSO EL DIA VIERNES 25 DE NOVIEMBRE DE 2011. Ofíciese al Ministerio Público a la Defensa y al Imputado. Cúmplase.
LA JUEZA DE CONTROL AUDIENCIA Y MEDIDAS Nº 1
DRA. ONEIMAR ROJAS CAPELLA
LA SECRETARIA
ABG. YULIMAR JIMENEZ