REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Mediación y Sustanciación de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Anzoátegui - Barcelona
Barcelona, diez de noviembre de dos mil once
201º y 152º
ASUNTO: BH06-X-2003-000354
Vista la anterior diligencia suscrita por la abogada MARLENE DI BARTOLO BARRIOS, actuando con el carácter de autos, el contenido de la misma, en el cual solicita la entrega total del dinero existente en la cuenta de ahorros llevada por este Tribunal, para cubrir gastos de útiles escolares y uniformes del niño (Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) plenamente identificado en autos; en consecuencia, éste Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda y ordena hacer entrega a la ciudadana ALEXANDRA JOSEFINA YANCENT JARDEL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-8.252.275, la totalidad del dinero existente en la cuenta de ahorros signada 0007-0088-18-0060214065, mas los intereses generados a la presente fecha, para cubrir gastos de útiles escolares y uniformes del niño (Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) dicha cuenta esta a nombre de la ciudadana ALEXANDRA JOSEFINA YANCENT JARDEL, plenamente identificada en autos. Se ordena oficiar a la Oficina de Control y Consignación de este Tribunal para el cumplimiento de lo ordenado. Cúmplase. Y así se decide.
LA JUEZ
DRA. ANA JACINTA DURAN.
LA SECRETARIA.
ABOG. LOURDES CASTILLO.
AJD/ZG
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