REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Mediación y Sustanciación de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Anzoátegui - Barcelona
Barcelona, nueve de noviembre de dos mil once
201º y 152º
ASUNTO: BP02-J-2011-001621
Vista la anterior diligencia suscrita por la ciudadana Fiscal Décimo Quinto del Ministerio Público, Estado Anzoátegui, abog. Mary Lourdes Ferrer, a requerimiento del ciudadano MIGUEL ANGEL AMUNDARAY SOLORZANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-11.903.292, a favor de sus sobrinos (Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) , mediante la cual solicita se le haga entrega de los cheque de gerencia Nros. 42005653 y 70005654, respectivamente, contra del BANCO DEL SUR, por un monto de (Bs. F 220,11), cada uno, para un monto total de (Bs. F. 440,22), por concepto de la cuota parte de los haberes de la Cuenta de Ahorros Nº 0157-0048-36-0048017248, perteneciente a la extinta DILIA ROSA SOLORZANO DE AMUNDARAY, que le corresponden a los mencionados adolescentes como herederos de su madre la ciudadana ya mencionada; en consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Sede Barcelona, en uso de sus atribuciones legales y en interés superior de los niños de marra, acuerda: 1) Hacer entrega al ciudadano MIGUEL ANGEL AMUNDARAY SOLORZANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-11.903.292, de los cheque de gerencia Nros. 42005653 y 70005654, respectivamente, contra del BANCO DEL SUR, agencia Studium, por un monto de (Bs. F 220,11), cada uno, para un monto total de (Bs. F. 440,22), por concepto de la cuota parte de los haberes de la Cuenta de Ahorros Nº 0157-0048-36-0048017248, perteneciente a la extinta DILIA ROSA SOLORZANO DE AMUNDARAY, que le corresponden a los mencionados adolescentes como herederos de su madre la ciudadana ya mencionada, para cubrir gastos de uniformes de los adolescentes ya mencionados; y se AUTORIZA SUFICIENTEMENTE al referido ciudadano, plenamente identificado, para que cobre directamente por ante la taquilla del BANCO DEL SUR, los cheques arriba




indicados. 2) Líbrese oficio a la Oficina de Control de Consignaciones (O.C.C) adscrita a este Tribunal, quien queda comisionado para la entrega del respectivo cheque, asimismo por cuanto en fecha 19/10/2011, este Tribunal ordenó la apertura de cuenta de ahorros en el Banco Bicentenario, con el monto de los cheques arriba mencionados, y visto lo ordenado en la presente decisión, se ordena dejar sin efecto dicha apertura, de fecha 19/10/2011, y que fue debidamente comunicada a la Oficina de Control de Consignaciones de este Tribunal mediante oficio 2011/4299, quedando sin efecto el mismo. Líbrese oficio. Cúmplase lo ordenado.
LA JUEZ.

Dra. ANA JACINTA DURÁN


LA SECRETARIA.


ABOG. LOURDES CASTILLO.
AJD/ZG