REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui extensión El Tigre
El Tigre, 23 de noviembre de dos mil once
201º y 152º
ASUNTO PRINCIPAL: BP12-V-2011-000612
ASUNTO: BH16-X-2011-000001
SENTENCIA INTERLOCUTORIA
MEDIDAS PREVENTIVAS:
Vista la diligencia de fecha 13 de octubre del presente año 2011; suscrita por el abogado en ejercicio MOUNIR ALFONZO, inscrito en el inpreabogado bajo el nro: 122.670, con el carácter acreditado en autos; y el pedimento en ella formulado en consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Anzoátegui, de conformidad con lo establecido en el Articulo 466 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes DECRETA las siguientes Medidas Preventivas: PRIMERO: Prohibición de de enajenar y gravar sobre los siguientes bienes: 1) Un inmueble constituido por una vivienda ubicada en la calle san Félix , casa Nº 40-A, sector Girardot, de san José de Guanipa, construida con paredes de cemento, piso de cemento y techo de zinc, constante de cinco (05) habitaciones, sala comedor, cocina, Un (01) baño, porche, una (01) habitación anexa con su respectivo baño y closet, cercada con pared de bloque y cemento y un porto de hierro, enclavada sobre una parcela de setecientos noventa y dos metros cuadrados (792 M2), y se encuentra alinderado de la siguiente manera: NORTE: Casa de Justo Ordaz; SUR: Casa de mi propiedad; ESTE: calle san Félix, su frente y OESTE: fundo de la señora Carmen Díaz, con una superficie total de novecientos ochenta metros cuadrados con sesenta y ocho centímetros (980,68 MTS2); protocolizado en la Oficina Subalterna de Registro del municipio Guanipa del estado Anzoátegui, bajo el numero 67, folios ciento sesenta y cinco(165) vto. Al ciento sesenta y nueve (169) vto., protocolo primero, tercer trimestre del año 1991, y numero veinte, folios ochenta y siete al noventa, protocolo primero, tomo primero del primer trimestre del año 1994. 2) Un inmueble constituido por una vivienda ubicada en la calle san Félix, casa Nº 41, sector Girardot, de san José de Guanipa, construida con paredes de bloque de cemento, piso de cemento y techo de zinc, constante de tres (03) habitaciones, sala comedor, cocina, un (01) baño, porche, un (01) corredor, cercada con pared de bloque de cemento identificada con el numero 41, enclavada sobre una parcela de setecientos noventa y un (791 M2), y se encuentra alinderado de la siguiente manera: NORTE: Casa de Justo Ordaz midiendo (48 Mts); SUR: Casa de Nelson Suárez midiendo (48 Mts); ESTE: calle san Félix, su frente midiendo 16, 50mts y OESTE: terreno municipal, midiendo 16,50mts; protocolizado en la Oficina Subalterna de Registro del municipio Guanipa del estado Anzoátegui bajo el numero (20), folios ochenta y siete (87) al noventa (90), protocolo primero, tomo primero del primer trimestre del año 1994 y documento numero noventa y uno (91) al noventa y cuatro (94), protocolo primero, tomo primero del primer trimestre de año 1994. .- Y ASÍ SE DECIDE. Líbrese oficios respectivos, con acuse de recibo, a los órganos competentes, a fin de que se le estricto cumplimiento a lo ordenado por este Tribunal. Cúmplase.
LA JUEZA.
ABG. FARAH MELISSA AZOCAR
LA SECRETARIA ACC.
ABOG. MARIANA LLAVANERA
FMA/AA
|