REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui extensión El Tigre
El Tigre, nueve de noviembre de dos mil once
201º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2010-003316

ASUNTO: BP12-S-2010-003316
SENTENCIA INTERLOCUTORIA
SOLICITANTES: NARDY JOSEFINA MORENO FERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.014.988,
NIÑAS Y/O ADOLESCENTE: (xxx),
MOTIVO: ADMINISTRACION DE BIENES


Visto que en la solicitud (ADMINISTRACION DE BIENES), propuesta por los Abogados TEODORO GOMEZ RIVAS y TEODORO GOMEZ HENRIQUEZ, en su carácter de apoderados judiciales de la Empresa Servicios y Construcciones Potenza C.A, a favor de las niñas (xxx), con ocasión del fallecimiento de su padre RAMON ANTONIO VIDAL MEDINA, fallecido ab-intestato en fecha 02 de Abril de 2010; en virtud de solicitud realizada por la Ciudadana NARDY JOSEFINA MORENO FERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.014.988, domiciliada en la Calle Principal, Casa Nº40,Sector Las delicias, El Tigre, Estado Anzoátegui, mediante la cual ocurre ante esta competente autoridad para solicitar la entrega de la totalidad del dinero que se encuentra a favor de sus hijas (xxx) en este tribunal, en virtud del fallecimiento de su padre ciudadano RAMON ANTONIO VIDAL MEDINA, fallecido ab-intestato en fecha 02 de Abril de 2010. Anunciado el acto a las puertas del Tribunal del Circuito Judicial de Protección por el Alguacil, JUAN CARLOS MORILLO, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede El Tigre, dirigida por la Jueza FARAH MELISSA AZOCAR, deja expresa constancia de la comparecencia de la solicitante Ciudadana NARDY JOSEFINA MORENO FERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.014.988, domiciliada en la Calle Principal, Casa Nº40,Sector Las delicias, El Tigre, Estado Anzoátegui, de la Fiscal Duodécima del Ministerio Público de esta misma Circunscripción Judicial, Dra Janet Bermúdez. Se constituyen en el Despacho del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Anzoátegui, sede El Tigre, esta Juzgadora junto con la solicitante y la Fiscal Duodécima del Ministerio Público.- Este tribunal visto el pedimento formulado por la ciudadana NARDY JOSEFINA MORENO FERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.014.988, domiciliada en la Calle Principal, Casa Nº40,Sector Las delicias, El Tigre, Estado Anzoátegui; mediante la cual solicita la totalidad del dinero que le corresponde a sus hijas las niñas (xxx) que se encuentra depositada en la cuenta corriente del extinto Tribunal de Protección del niño y remitida a este Tribunal mediante cheque Nº99672376, por la cantidad de Un mil Setecientos cuarenta y tres boliares con doce céntimos (Bs.1.743,12), girado contra el Banco Bicentenario, de fecha 21 de Octubre de 2011, cantidad esta depositada en la Cuenta Corriente Nº0175-0063-51-0000001166, de las cuales son beneficiarias mis hijas por el fallecimiento de su padre ciudadano RAMON ANTONIO VIDAL MEDINA, en fecha 02 de Abril de 2010 , y por cuanto dicho pedimento no es contrario a las Leyes y a ninguna de las disposiciones legales, y vista la opinión favorable de la Fiscal Duodécimo del Ministerio Público; en consecuencia en nombre de la República Bolivariana y por autoridad de la Ley, Acuerda: hacer entrega en este acto a la ciudadana NARDY JOSEFINA MORENO FERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.014.988, domiciliada en la Calle Principal, Casa Nº40,Sector Las delicias, El Tigre, Estado Anzoátegui del cheque signado con el Nº99672376, a su nombre, por la cantidad de Un mil Setecientos cuarenta y tres boliares con doce céntimos (Bs.1.743,12), girado contra el Banco Bicentenario, cuyo monto se encuentra depositado en la Cuenta Corriente Nº0175-0063-51-0000001166, del Extinto Tribunal de Protección de Niños y Adolescentes; cantidad esta de las cuales son beneficiarias sus hijas (xxx), por el fallecimiento de su padre ciudadano RAMON ANTONIO VIDAL MEDINA, en fecha 02 de Abril de 2010 y por ende se deja sin efecto a la orden de apertura de cuenta en el Banco Bicentenario de fecha 31-10-2010 con el cheque antes identificado por lo que se ordena oficiar a la oficina de control y consignación adscrita a este Circuito de Protección lo conducente. Ofíciese lo conducente a la Oficina de Control y Consignación para que se le de estricto cumplimiento a lo aquí ordenado, y cumplidas las formalidades exigidas por la Ley, se ordena la devolución a la parte solicitante de todos los documentos originales consignados cursantes en la presente solicitud y el cierre y archivo del expediente. Cúmplase.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui; extensión El Tigre, a los nueve (9) días del mes de Noviembre de 2011. Año 201º de la Independencia y 152º de la Federación.-
La Jueza Provisorio


Abog. Farah Melissa Azocar Chacin


El Secretario Temporal


Abg. Mariana Llavaneras Briceño