REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui Extensión El Tigre
El Tigre, siete de noviembre de dos mil once
201º y 152º
ASUNTO PRINCIPAL: BP12-J-2011-001270
ASUNTO: BP12-J-2011-001270
MOTIVO: Justificativo de carga familiar
SOLICITANTE (s): Abog. YEMDY ALCALA, en su carácter de Defensora Publica Suplente Primera (1°) en materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, actuando en nombre de la adolescente (xxx)
ABOGADO(a) ASISTENTE: Defensor Público en materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescente Abog.Yemdy Alcalá.
NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES: (xxx)
Vista la solicitud presentada por YEMDY ALCALA, en su carácter de Defensora Publica Suplente Primera (1°) en materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en uso de las atribuciones conferidas por la ley orgánica de la defensa publica, articulo 65, numeral 2°, actuando en nombre de las adolescentes (xxx), hija de La ciudadana LUBI JOSEFINA GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad nro: V-8.966.411, previa solicitud del ciudadano Ángel Robinson Pérez Pérez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro 8.475.530 domiciliado en el Sector Colon, Calle ciega, casa Nro 03, San José de Guanipa, Municipio Guanipa, Estado Anzoátegui; mediante la cual ocurre ante esta competente autoridad para solicitar Justificativo de Carga Familiar. Anunciado dicho acto a las puertas del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por el alguacil JUAN CARLOS MORILLO, habiéndose constatado la presencia del referido ciudadano, la adolescente (xxx), la madre de la adolescente LUBI JOSEFINA GONZALEZ y de los testigos aportados por la solicitante. Se constituyen en el Despacho del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Anzoátegui, sede El Tigre, esta Juzgadora junto a las partes intervinientes en el presente asunto. Concluida la evacuación de las pruebas, y la revisión de las documentales y oídas las opiniones respectivas, esta Jueza del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, PRIMERO: DECLARAR CON LUGAR la presente solicitud presentada por YEMDY ALCALA, en su carácter de Defensora Publica Suplente Primera (1°) en materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, actuando en nombre de la adolescentes (xxx), hija de la ciudadana LUBI JOSEFINA GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad nro: V-8.966.411, previa solicitud del ciudadano Ángel Robinson Pérez Pérez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro 8.475.530 domiciliado en el Sector Colon, Calle ciega, casa Nro 03, San José de Guanipa, Municipio Guanipa, Estado Anzoátegui; SEGUNDO: Otorga el presente justificativo de CARGA FAMILIAR al ciudadano Ángel Robinson Pérez Pérez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro 8.475.530 domiciliado en el Sector Colon, Calle ciega, casa Nro 03, San José de Guanipa, Municipio Guanipa, Estado Anzoátegui, a favor de la Adolescente (xxx), titular de la Cedula de Identidad Nº.26.033.518; a tenor de lo consagrado en el artículo 517 la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.-
Entréguese originales de las presentes actuaciones a las partes interesadas, y tantas copias certificadas como requieran, dejándose copia certificada de la misma en el archivo de este Tribunal. Cúmplase.
Publíquese, regístrese, déjese, copia certificada en el Tribunal como lo ordena el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección del Niños, Niñas y Adolescente de esta Circunscripción de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede El Tigre, a los siete (7) días del mes de noviembre del año dos mil once (2011). Años 201º de la Independencia y 152º de la Federación
La Jueza Provisorio
Abg. Suleima Pérez Garcia
LA SECREATRIA,
ABG. Milagro Moreno.
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