REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI
EL TIGRE, 16 DE NOVIEMBRE DE 2011
201º y 152º

ASUNTO: BP12-A-2011-000001

Visto que, en la presente causa fue impracticable la notificación personal al ciudadano: YSMAEL RAMÓM GÚZMAN AREVALO, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 8.973.795, en su carácter de Demandado en el juicio por INTERDICTO AGRARIO, que tienen intentado en su contra el ciudadano: PAULO JOSÉ ROMERO, en su carácter de Presidente de la ASOCIACIÓN COOPERATIVA ODELGUS R.L., este Tribunal de manera oficiosa ordena, como en efecto lo hace de acuerdo al artículo 233 del Código de Procedimiento Civil, proceder en consecuencia a notificar por carteles en los diarios “ULTIMAS NOTICIAS” y “MUNDO ORIENTAL” con intervalo de tres (3) días entre uno y otro, y la misma se hará en letra de ocho (8) puntos; advirtiéndose al demandado que transcurridos como fueren diez (10) días de Despachos, contados a partir de la publicación y consignación en autos que del presente cartel se haga, sin haber comparecido ni por sí ni por medio de Apoderados, se entenderá por notificada.- Líbrese Cartel de Notificación correspondiente.- Así se decide.


LA JUEZ PROVISORIA

Abg. ANYBETH SULBARÁN MARTÍNEZ


EL SECRETARIO


Abg. ANDRÉS HERNÁNDEZ




ASM/ss