REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veinticuatro de octubre de dos mil once
201º y 152º

ASUNTO: BP02-V-2009-000773
De las actas procesales se evidencia que la presente causa se contrae a la pretensión contentiva de Partición intentada por el ciudadano Daniel Esgardo Rangel Barón, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 4.774.137, contra el ciudadano Juan Carlos Mejía Matiz, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 12.162.322; ahora bien, visto asimismo la diligencia suscrita por la abogada Elka Marcano Rodríguez, inscrita en el Inpreabogado con el Nº 47.226, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, en fecha nueve (09) de marzo de 2010, a través de la cual DESISTIO de la presente acción y del procedimiento; en tal sentido, este Tribunal acuerda de conformidad con lo solicitado en consecuencia HOMOLOGA el DESISTIMIENTO presentado en los mismos términos y condiciones por suscrito, otorgándosele el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.- Asimismo se da por terminado el presente proceso y se ordena el archivo del expediente. Así se decide en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley.-
Regístrese y publíquese.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui. En Barcelona a los veinticuatro (24) días del mes de octubre del año dos mil once (2.011). Años 201° de la Independencia y 152° de la Federación.
EL JUEZ PROVISORIO,



Abg. JESÚS S. GUTIERREZ D.
LA SECRETARIA,



Abg. MIRLA MATA ROJAS.