REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, diez de octubre de dos mil once
201º y 152º
ASUNTO: BP02-F-2011-000102
Vista la anterior diligencia suscrita por el abogado JESUS EDUARDO GONZALEZ MONTSERRAT, inscrito en el Inpreabogado bajo el Número 26.857, y visto el contenido de la misma, mediante la cual desiste del presente procedimiento, este Tribunal por cuanto lo solicitado se ajusta a derecho, HOMOLOGA el desistimiento solicitado, de conformidad con lo establecido en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, y lo toma como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, en consecuencia, se SUSPENDE la medida de Prohibición de Enajenar y Gravar decretada en fecha 09 de marzo de 2010, por el Juzgado del Municipio Diego Bautista Urbaneja de esta misma Circunscripción Judicial. Líbrese oficio al Registrador respectivo, a los fines de que estampe la nota marginal correspondiente.- Así se decide en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley.
La Juez Provisorio
Dra. HELEN PALCIO GARCIA
La Secretaria
Dra. MARIEUGELYS GARCIA CAPELLA
HPG/mónica
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