REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO SIMON RODRIGUEZ
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado del Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre.
El Tigre, trece de octubre de dos mil once
201º y 152º
ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2011-000386
ASUNTO: BP12-S-2011-000386
Vista la solicitud presentada por la ciudadana: MARISBET DEL CARMEN GAMEZ LARA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. V-10.066.098, debidamente asistida por el abogado Pedro Gamez Lara, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 49.079, donde peticiona se le conceda TITULO SUPLETORIO de dominio sobre unas bienhechurias que fomento a expensas propias con dinero de su propiedad, en una parcela de terreno propiedad municipal, ubicada en la Calle Dos (02), N° 26, Manzana CH, Sector San Miguel I, de la Ciudad de El Tigre Municipio Simón Rodriguez del Estado Anzoátegui, que mide diez metros (10 Mts) de frente por veintiún metros (21 Mts) de largo y cuyos linderos y medidas son los siguientes NORTE: con familia Moya; SUR: Con Calle Dos (02), que es su frente; ESTE: Con casa de Rafael Pérez; y OESTE: con casa de Ingrid Padrón.-Las mencionadas bienhechurias se encuentran conformadas por una (01) casa de paredes de bloques de cemento, piso de cemento y cerámica, techo de zinc, puertas de hierro y madera, constante de dos (02) habitaciones, sala, comedor, un (01) baño, una (01) cocina, un (01) tanque de agua subterráneo de tres metros por dos (3MTSX2MTS).- El valor invertido es la cantidad de OCHENTA MIL BOLIVARES (Bs. 80.000,00), y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos: Coromoto del Valle Jiménez de Escobar y Asdrúbal Celestino Campos Pérez, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Números V-4.508.011 y V-4.914.232, respectivamente, este Tribunal, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos de terceros, este Tribunal declara Título Supletorio de Dominio sobre la propiedad que ejerce la ciudadana: MARISBET DEL CARMEN GAMEZ LARA, plenamente identificado, en las bienchechurias antes descritas en el presente decreto.- Devuélvanse las actuaciones a la parte interesada. Cúmplase
LA JUEZ,
ABG. ARELIS MORILLO SANCHEZ
Suplente Especial
LA SECRETARIA TITULAR,
ABG. FLOR YESENIA CUESTA GONZALEZ