REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO SIMON RODRIGUEZ DE LA CIRCUNSCRIPCION
JUDICIAL DEL ESTADO ANZOATEGUI
PODER JUDICIAL
EL Tigre, 17 de Octubre de 2011
201° y 152°
ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2011-000662
SOLICITANTE: MARYORIS DEL VALLE MAITA BELO, venezolana, mayor edad, titular de la cedula de identidad N° V- 13.752.264, domiciliada en esta ciudad de El Tigre del Municipio Simon Rodríguez del Estado Anzoátegui, debidamente asistida por los Abogados ANGEL FELIX CARABALLO y MIRIAN DEL VALLE MARTINEZ, titulares de las cedulas de identidad Nros V-2.643.825 y V-6.951.588, inscritos en Inpreabogado bajos los N° 84.726 y 159.272, de este domicilio de esta ciudad del El Tigre del Municipio Simón Rodríguez Estado Anzoátegui.-
MOTIVO: DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.-.
Vista la solicitud presentada en fecha 14/04/2011, por la ciudadana MARYORIS DEL VALLE MAITA BELO, venezolana, mayor edad, titular de la cedula de identidad N° V- 13.752.264, de este domiciliado en la ciudad de El Tigre del Municipio Simon Rodríguez del Estado Anzoátegui, debidamente asistida por los Abogados ANGEL FELIX CARABALLO y MIRIAN DEL VALLE MARTINEZ, titulares de las cedulas de identidad Nros V-2.643.825 y V-6.951.588, inscritos en Inpreabogado bajos los N° 84.726 y 159.272, de este domicilio de esta ciudad del El Tigre del Municipio Simón Rodríguez Estado Anzoátegui.-
En fecha Dieciocho (18) de Enero de 2011, se recibió la presente solicitud y se le dio entrada en los libros llevados por este Tribunal.-
En fecha Veintinueve (29) de Abril de 2011, se admitió la solicitud, y se acordó librar edicto emplazando a todas las personas que pudieran ver afectados sus derechos con la presente solicitud.-
En fecha Dieciocho (18), se recibió de los abogados ANGEL FELIX CARABALLO y MIRIAN DEL VALLE MARTINEZ, titulares de las cedulas de identidad Nros V-2.643.825 y V-6.951.588, inscritos en Inpreabogado bajos los N° 84.726 y 159.272, en sus caracteres de apoderados de la ciudadana MARYORIS DEL VALLE MAITA BELO, venezolana, mayor edad, titular de la cedula de identidad N° V- 13.752.264 en donde la consignación de las Partidas de Nacimiento.-
En fecha Veintisiete (27) de Mayo de 2011, se libro el edicto de la solicitud de Únicos y Universales Herederos del extinto DEMETRIO RAFAEL GUITIERREZ.-
En fecha Ocho (08) de Julio de 2011 se recibió de los abogados ANGEL FELIX CARABALLO y MIRIAN DEL VALLE MARTINEZ, titulares de las cedulas de identidad Nros V-2.643.825 y V-6.951.588, inscritos en Inpreabogado bajos los N° 84.726 y 159.272, en sus caracteres de apoderados de la ciudadana MARYORIS DEL VALLE MAITA BELO en la ciudad de El Tigre del Municipio Simon Rodríguez del Estado Anzoátegui, consignó el edicto publicado en el diario Mundo Oriental, el cual se acordó agregarlo a los autos respectivos.-
En fecha Diecinueve (19) de Septiembre de 2011, la Secretaria de este Tribunal, dejó constancia que en esa misma fecha fijó el cartel librado en la cartelera del Tribunal.-
En fecha Cinco (05) de Octubre del 2011, la Secretaria de este Tribunal dejo constancia que no compareció persona alguna que pudiera ver afectados sus derechos.-
En fecha Trece (13) de Octubre de 2011, rindieron su declaración los ciudadanos URBAEZ GUERRA YANNIRETH DEL VALLE y GUZMAN VICTOR MANUEL, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros V-20.172.352 y V-8.202.379, respectivamente domiciliados en la Ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui.-
Visto el orden cronológico que antecede esta operadora de Justicia, entra a analizar la presente solicitud para decidir:
Dicen la solicitante que en fecha Veinticinco (25) de Noviembre del año 2010, falleció en el Hospital General Dr. Luis Felipe Guevara Rojas, falleció de INFARTO AGUDO AL MIOCARDIO el ciudadano DEMETRIO RAFAEL GUTIERREZ, de Cincuenta y Cinco (55) años de edad, venezolano, soltero, comerciante, titular de la cedula d identidad Nº V-4.913.363, natural Parroquia Parvillar, Estado Anzoátegui, lo que dice se evidencia del Acta de Defunción acompañada a la solicitud.- Que su legítimos padres, de los ciudadanos; CARMEN GUTIERREZ y JOSE ROMUALDO HERNANDEZ (FALLECIDOS). Que deja un (1) hijo reconocido de nombre: RAUL RAFAEL GUTIERREZ RON, venezolanos mayor edad, titular de la cedula de identidad N° V- 13.257.171, domiciliado en la ciudad de El Tigre del Municipio Simon Rodríguez del Estado Anzoátegui, lo que se evidencia de la actas de Nacimientos acompañada a la solicitud.-Que por cuanto su padre falleció INFARTO AGUDO AL MIOCARDIO, y a los efectos de cualquier tipo de tramite con referencia al mismo, razón por la cual acuden ante este Despacho fin de que se les declare Únicos y Universales Herederos, de el extinto DEMETRIO RAFAEL GUTIERREZ.-
MEDIOS PROBATORIOS
Pruebas: Documentales: Acta de defunción de el ciudadano DEMETRIO RAFAEL GUTIERREZ, y copia fotostática de la Cédula de Identidad de los ciudadanos: MARYORIS DEL VALLE MAITA BELO y RAUL RAFAEL GUTIERREZ, venezolanos, mayores edad, titulares de las cedulas de identidad Nros V- 13.752.264 y V-13.257.171, en la Ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, a las cuales, al no haber sido impugnadas bajo ninguna forma de derecho, se les da pleno valor probatorio de conformidad a lo pautado en el Artículo 1.357 del Código Civil, en concordancia con los Artículos 429 y siguientes del Código de Procedimiento Civil. Y así se decide.
Ahora bien, el Tribunal, dejando en todo caso al salvo los derechos de terceros, declara a los ciudadanos: MARYORIS DEL VALLE MAITA BELO y RAUL RAFAEL GUTIERREZ, venezolanos, mayores edad, titulares de las cedulas de identidad Nros V- 13.752.264 y V-13.257.171, en la Ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del extinto DEMETRIO RAFAEL GUTIERREZ, de Cincuenta y Cinco (55) años de edad, venezolano, soltero, comerciante, titular de la cedula de identidad Nº V-4.913.363, natural Parroquia Parvillar, Estado Anzoátegui y así se decide.-
Expídanse por Secretaría copias certificadas de la solicitud.-
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,
ABG. ARELIS MORILLO SANCHEZ.-
LA SECRETARIA TITULAR
ABG. FLOR YESENIA CUESTA
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