REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, seis de octubre de dos mil once
201º y 152º

ASUNTO: BP02-L-2011-000528

SENTENCIA

PARTE ACTORA: YSABEL MARCANO, titular de la Cedula de Identidad Nº 6.960.642.
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: El abogado ALFREDO ALVARADO, abogado en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado Nº 132.106
PARTE DEMANDADA: FUNDACION BANCO DE DROGAS ANTINEOPLASTICAS.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: No se presentó
MOTIVO: CALIFICACION DE DESPIDO.


Hoy, seis (06) de octubre del 2011, siendo las diez (10:00 a.m.) de la mañana, día y hora fijado para que tenga lugar la apertura de la Audiencia Preliminar, por CALIFICACION DE DESPIDO, se deja expresa constancia de que tanto la parte actora como la parte demandada no comparecieron a la realización de la Audiencia Preliminar. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 152 ° y 201°.
El Juez
Abg. Angel Parra Gutiérrez
La Secretaria
Abg. Zaida Lopez Brito.
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado siendo las 11:15 a.m. Conste.
La Secretaria
Abg. Zaida Lopez Brito.